sábado, 19 de octubre de 2013

LA CARTA PAPAL DEL 11 DE JULIO DE 2013, QUE NOS OCULTA FRANCISCO I

LA CARTA PAPAL DEL 11 DE JULIO DE 2013, QUE NOS OCULTA FRANCISCO I


Varios de mis lectores me han escrito preguntandome sobre las dudas que tienen sobre esta tan controversial carta donde algunos aseguran el Papa Francisco I nos estaria dando la libertad a todo aquel que la pida, si claro como no, esclavo es el que se crea que lo es, si eres y te sientes parte del sistema, de la ficcion con la cual han gobernado a los humanos los ultimos 2.000 años.

Entonces me fui en astral a verme con algunos compañeros y guerreros de la luz, hablamos un poco sobre esto, luego me fui mas arriba, a la  quinta y sexta densidad en astral y luego de un comcilium para tener una guia sobre este tema con los que estan liderando estas densidades volvi y me traje respuestas para todos ustedes.

Yo como siempre les he dicho "APRENDAN A VER LO INVISIBLE Y SERAN INVENCIBLES"  esta carta se las trae y ya vamos a ver por que, voy a ir posteando y pegando articulos y videos con lo cual le voy a dar forma a toda esta idea y que es lo que se trae entre manos el Iluminado PACO EL PRIMERO.

Vamos con este articulo:

Publicado en 30 julio, 2013 de Emisaria Amor



Decreto del Papa a punto de causar renuncias masivas?
 25 de julio 2013
 Publicado en de: Extracción de los grilletes .
(Con Traducción de Google)
El Santísimo Francisco emitió una Carta Apostólica el 11 de julio y hacerse eefectiva 01 de septiembre 2013 que, efectivamente, despojado de la inmunidad de todos los jueces, abogados, funcionarios de gobierno y todas las entidades establecidas en la Curia Romana [Nota: Todas las corporaciones se establecen bajo la Curia romana].  
Todas estas “personas” puede ahora ser considerados responsables de los crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad, [Sugerencia: Espíritu Divino es la humanidad], por las restricciones ilegales de las libertades de la encarnación del espíritu divino, por no liquidar las cuentas, para continuar procesamiento de las reclamaciones ya resueltos, etc.

NOTA DE ALPHA:  uuuuuuuuy  que bueno esto quiere decir que ni los presidentes tienen inmunidad, a por ellos pues...!

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CARTA APOSTÓLICA
EMITIDO Motu Proprio
Del Sumo Pontífice FRANCIS
SOBRE LA COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES JUDICIALES DE CIUDAD DEL VATICANO EN MATERIA PENAL

En nuestros tiempos, el bien común está cada vez más amenazada por la delincuencia transnacional organizada, el uso inadecuado de los mercados y de la economía, así como por el terrorismo.
  Por tanto, es necesario que la comunidad internacional adopte los instrumentos jurídicos adecuados para prevenir y combatir las actividades delictivas, mediante la promoción de la cooperación judicial internacional en materia penal.  (JAJAJA ME DA RISAS, ELLOS MISMOS FOMENTAN TODOS ESOS DELITOS CON SU ORDOS OF CHAOS)

  Al ratificar varios convenios internacionales en estas áreas, y actuando también en nombre de la Ciudad del Vaticano, la Santa Sede ha mantenido constantemente que estos acuerdos son un medio eficaz para prevenir las actividades delictivas que amenazan la dignidad humana, el bien común y la paz.

  Con el fin de renovar el compromiso de la Sede Apostólica a cooperar para este fin, por medio de esta Carta apostólica en forma de Motu Proprio, establezco que:

  1. Las autoridades judiciales competentes del Estado de la Ciudad del Vaticano también ejercerán jurisdicción penal sobre:

  • a) los delitos cometidos contra la seguridad, los intereses fundamentales o el patrimonio de la Santa Sede; 
  • b) delitos a que se refiere:
  • – En la Ciudad del Vaticano la Ley N º VIII, de 11 de julio de 2013, que contiene normas complementarias sobre cuestiones de Derecho Penal; – En la Ciudad del Vaticano la Ley N º IX, de 11 de julio de 2013, que contiene las enmiendas al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal; cuando esos delitos son cometidos por las personas mencionadas en el párrafo 3, en el ejercicio de sus funciones;
  • c) cualquier otro delito cuyo enjuiciamiento es requerido por un acuerdo internacional ratificado por la Santa Sede, si el autor está físicamente presente en el territorio de la Ciudad del Vaticano y no ha sido extraditado.


2. Los delitos a que se refiere el apartado 1 deben ser juzgados conforme a la legislación penal vigente en la Ciudad del Vaticano en el momento de su comisión, sin perjuicio de los principios generales del ordenamiento jurídico en la aplicación temporal de las leyes penales.

  3. A los efectos de la ley penal del Vaticano, a las siguientes personas serán considerados “funcionarios públicos”:

  • a) los miembros, funcionarios y personal de los distintos órganos de la Curia Romana y de las instituciones vinculadas a la misma.
  •  b) legados papales y personal diplomático de la Santa Sede.
  •  c) las personas que se desempeñan como representantes, administradores o directores, así como las personas que aun de facto administrar o ejercer control sobre las entidades que dependen directamente de la Santa Sede y que figuran en el registro de personas jurídicas canónicas mantenidos por la Gobernación de la Ciudad del Vaticano Estado;
  •  d) cualquier otra persona que cumpla un mandato administrativo o judicial en la Santa Sede, permanente o temporal, remunerado o no, cualquiera que sea la antigüedad de esa persona.


4. La competencia a que se refiere el apartado 1 también comprende la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas que surgen de los delitos, según lo dispuesto por las leyes del Estado de Ciudad del Vaticano.

  5. Cuando los mismos asuntos son enjuiciados en otros Estados, se aplicarán las disposiciones vigentes en la Ciudad del Vaticano en materia de competencia concurrente.

  6. El contenido del artículo 23 de la Ley No. CXIX de 21 de noviembre de 1987, que aprueba la Orden Judicial de la Ciudad del Vaticano sigue vigente.

  Esto me decido y establecer, de algo contrario a pesar de.
  Establezco que la presente Carta apostólica en forma de Motu Proprio será promulgada por su publicación en L’Osservatore Romano, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2013.
  Dado en Roma, en el Palacio Apostólico, el 11 de julio de 2013, el primero de mi Pontificado.
FRANCISCUS

 
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RENUNCIAS ADICIONALES:
 
Ben Bernanke anunció que se renunciaba a la Reserva Federal el 1 de septiembre de 2013.
Uno de los gobernadores de la Reserva Federal ha dimitido el 1 de septiembre de 2013.
Janet Napolitano [Homeland Security] ha presentado su dimisión el 1 de septiembre de 2013.
 pero  todas estas renuncias son forzadas por el mismo Francisco I y es porque con esto estaria dejando el paso libre a su propia gente, Janet Yellen como presidente de la reserva federal y a Jeh Johnson
del Homeland security.  (OTRO MAS CON LA LETRA "J" COMO INICIAL EN SU NOMBRE, QUE MANIA LA DE ESTA TRIADA)

Como ven este decreto significa algo que seria muy importante y es que estaria desapareciendo la ficcion, pero por debajo de la maxima autoridad que es el Papa Francisco, todos los funcionarios publicos de la ficcion pierden inmunidad, claro menos el Papa francisco ni tonto que el fuera, sigue siendo y es ahora  el unico de la ficcion  con todo el poder, o mejor dicho, quien ostenta a plenitud todo el poder del planeta concentrando los cuatro poderes, el poder ejecutivo, el poder legislativo y judicial, el poder economico y el poder militar.

En el quedaria representado el GOBIERNO UNICO CENTRAL o UN NUEVO ORDEN MUNDIAL  en la ficcion, los demas pasan a ser verdaderas marionetas.

SOLO FALTA SABER QUE REFORMAS HIZO EL VATICANO EN LA CURIA VATICANA Y LA CONSTITUCION VATICANA ENTRE LOS DIAS 1 Y 3 DE OSCTUBRE Y CON ESO NOS ACLARA MUCHO MAS CON LO QUE NOS VAN A GOBERNAR MAS ADELANTE


ahora aqui hay dos videos que estan haciendo revuelo y es que estos dos señores me imagino que por desconer las trampas de la "FICCION" no se dan cuenta que es lo que se traen entre manos la "TRIADA JESUITICA BABILONICA ISIS-HORUS-SETH".


https://www.youtube.com/watch?v=ERK9AaewpJY


http://www.youtube.com/watch?v=FygqrotllRE

como no me sube el video les puse los link, pero aqui les hago la redaccion de lo que alli sale en estos dos videos.


Bueno explicando lo que dice este señor en español muy mal masticado, ya hemos hablado mucho de esto que existe una ficción, es decir un doble tú, una persona ficticia, en todos nuestros documentos “legales”, pasaportes, licencias, certificado de nacimiento, con el documento que publica Bergoglio el acaba con esta ficción, la ficción es la persona jurídica, la que sale en letras mayúsculas es una corporación una ficción, entonces el sistema por el cual hemos vivido por dos mil años (DERECHO ROMANO) el sistema romano funciona bajo esta persona jurídica ficticia, que uno puede utilizar si quiere hacer comercio, pero nuestra persona no es una empresa o corporación porque somos de carne y hueso, entonces el Papa en esta carta apostolica quitó la protección que esta persona jurídica tiene, la cual aplica desde el 1 de Septiembre de 2013, cada funcionario publico, sea un juez, un oficial de policía que cometa un acto de criminalidad ya no puede escudarse detrás de esta persona.
El dice que el Papa cuando escribió esta carta lo hizo a motu propio, como persona, o sea lo que le dictaba su conciencia y corazón, (QUE SON BIEN NEGROS POR CIERTO) fuera de su oficina papal como un soberano, como la persona y no como la corporación que Él representa ¿CURIOSO NO? y este señor  dice que el significado de esta carta los borregos no lo han captado pero los despiertos si, han captado y comprendido lo que significa y significa que ahora la persona mas alta en la ficción es el Papa, que no hay otra persona u oficina mas alta que el en este mundo de ficción o de la persona juridica, (BUENO FALTA SABER QUIEN ES EL JODIDO DEL OJO QUE TODO LO VE QUE ESE ES EL QUE POR ENCIMA DEL PAPA SE ENCUENTRA). Porque el es el Pontifice, (el hacedor de puente), o sea el puente entre los humanos y los mamarrachos que por encima de èl estan...!

Entonces solo el Papa puede rehacer la ficción, deshacerla y hacerla de otra manera, porque ellos mismo, el Papa y el vaticano, junto con la curia vaticana han creado esta ficción, porque cuando uno nace ya recibes tus números de nacimiento, numero y nombre corporativo en mayúsculas que es una persona jurídica, desde niños no saben la diferencia entre esta persona jurídica y si mismo, porque aun no sabe como separar esta ficción a través de la ficción con la decepción de saber que esta persona jurídica no es real, ya después que lo sabes el juego cambia a tu favor y puedes  defenderte de los funcionarios de la corporación. Pero el Papa con esta carta quito la protección que había cuando ya tu sabias que todo era una ficción, la poca inmunidad que la persona jurídica tenía, nosotros los que estábamos fuera de la ficción éramos inmunes mientras estamos fuera de la ficción y el mismo Papa la abolió. Según este señor Bonacci los dormidos que según piensan y creen que son esta persona jurídica no lo saben, que supuestamente son libres ya no son una corporación deberían despertarse porque la protección para estos abusadores corporativos ya no existe mas, desde ahora todos estamos uno a uno, somos iguales agentes del gobierno y ciudadanos, (CREO QUE LOS QUE ME VAN SIGUIENDO YA ENTIENDEN LO QUE SE ESCONDE DETRÁS DE ESTA JUGADA) él dice que esto es muy peligroso para ellos, para muchos jueces en Canadá, Australia, Estados Unidos, etc. Porque están transfiriendo muchas propiedades a amigos o miembros de su familia como testaferros porque saben que la inmunidad no existe mas la ficción ni la inmunidad, asi que si son corruptos y se han enriquecido ilegalmente ya no tienen protección detrás de una persona jurídica.

Jonny Guzman interrumpe para preguntar si con esto que el Papa hizo nosotros hemos retomado nuestra soberanía para acusar castigar a todos estos jueces, policías y politicos tiranos y cuanto hijo de madre cósmica ha hecho daño a la humanidad y por qué lo hizo. Santos Bonacci responde que no lo sabe pero que este Papa es el primer Papa jesuita y los jesuitas son saturninos y el Papa Benedicto es petrista y que cuando Benedicto renuncio el 11 de febrero el alego que no podía seguir, Petrino es el Dios Júpiter y Júpiter  es el reinante de piscis, piscis se acabo el año pasado y Saturno es reinante de acuario y empezó a principios de este año y ambos lo saben y ya hablaron sobre esto. El sistema legal de la persona jurídica, legal quiere decir “LEGARE” que en italiano quiere decir “ATAR”  como un fascio, los fasci de roma, fascismo quiere decir un grupo de cosas atadas o amarradas por una cuerda o un lazo, que junto con otra palabra romana, legare y legale, religión viene de esta palabra “RELEGARE” , entonces se encuentran en una fase de “RELEGAR”  hacia el sistema de “RELEGAR LEGAL”  la ficción “legal” se están juntando.
Entonces nosotros somos o estamos  atados, apegados, “legados” al sistema de la persona jurídica pero no lo somos, es una persona que tenemos si queremos utilizarlo para comerciar, pero si no somos soberanos (SI QUIERES COMPRAR O VENDER ALGO DEBES SER UNA PERSONA JURIDICA, ENTONCES YA VAMOS VIENDO QUE  SE TIENEN TRAMADO). Entonces Bonacci  dice que el Papa en esta carta a motu propio no importa si lo hace de ficción o motu proprio, porque las personas saben que él es el “JEFE” del sistema, Papa quiere decir jefe, baba, el padre sobre el cual no hay otro mas grande, pero ya sabemos que el Papa negro, el comandante general superior de los jesuitas, el comanda al Papa blanco, el tiene mas poder que el Papa blanco. Entonces los jesuitas por algún motivo no se sabe por qué han destruido el sistema ficción de la persona jurídica, por sacar su inmunidad y protección del sistema.
Por eso el gobierno de estados Unidos se ha cerrado, porque el dinero del gobierno de Estados unidos viene del vaticano, el vaticano es el instituto mas rico del mundo que gobierna el planeta por dinero, cuando Roma se casó con Londres, cuando se casaron produjeron un hijo, el “PAR” que el revés quiere decir rabi los hijos de RA, que es la organización mundial de los tribunales de la corte del sistema, entonces Roma con Londres produjeron un hijo, un hijo bastardo, que este hijo ya no tiene vida es muerto y el Papa quitándose a sí mismo del sistema ha demostrado que una vez para siempre que las personas que utilizan la persona jurídica son muertas y la profecía en la biblia dice que los muertos se van a despertar( SEGÚN ESO DICE BONACCI) y el Papa con esto ha hecho posible que todo el mundo se despierte, por eso la iglesia católica ha dicho “FUERA DE ESTA IGLESIA NO HAY SALVACION” y esto es verdad en el sentido del sistema legal de la persona jurídica porque ellos lo han creado y todo el mundo lo ha aceptado.

Y visto que todo el mundo lo ha aceptado son muertos y entonces para ser salvados no pueden estar fuera de la iglesia católica. Porque la persona jurídica es una ficción de los muertos.

Jhonny Guzman vuelve a interrumpir diciendo:
Santos tu me habias dicho algo muy interesante el otro dia que estábamos conversando, que la firma es muy importante en esta ficción, asi es que nos atrapan, por medio de la firma y mencionastes que la palabra sign en ingles pero si le quitamos la “g” queda sin, es un pecado, el “sin” es un pecado y también me recordastes hace mucho tiempo en otro programa que hicimos que en realidad me “chocó” cuando hablábamos de esto que ellos saben muy bien y vamos a entrar a otra parte de la solución y es que tu dijistes que ellos no nos pueden hacer daño al jhonny Guzman el ser vivo, pero si nos pueden hacer daño al JHONNY GUZMAN letras mayúsculas  al corporacion ficción a ese si( PARECE COMO RESPETO AL LIBRE ALBEDRIO NO..!) y ellos saben muy bien  que sin nos hacen daño al físico al humano al ser vivo Jhonny Guzman van a tener que pagar por eso.
Entonces cuando me dijistes eso, o sea me entró y lo entendí perfectamente, ahora que me estas diciendo eso, nuestro amigo Kites que escribió un documento que lo vamos a traducir y quiero que me expliques un poquito sobre ese documento y como eso nos libera diríamos competamente o parcialmente no se de la ficción y de esta tiranía para ya poder estar libres para poder vivir una vida en paz y en tranquilidad Santos.
Okey bueno en la carta de tu amigo hay la solución por fin de la criminalidad y ya estamos libres, el paso ya se hizo, el papa hizo el primer paso y entonces él se ha puesto en una posición digamos muy peligrosa para su persona misma porque el primer paso ya se ha dado con Bergoglio anunciando esta carta, el segundo paso de la carta de tu amigo es un paso muy simple, le dice al Papa solo de utilizar todos los recursos  y medios que él tiene disponibles para poner fin a esta criminalidad

¿Y por qué pedimos nosotros de hacer esto al papa?, porque ya hizo el primer paso que es destruir la ficción de la corporación, pero los criminales, ellos que son verdaderamente criminales y no les gusta cambiar y hacer las cosas buenas, ellos van a continuar no obstante haciendo sus actos de criminalidad, entonces ya estamos libres pero los criminales todavía están afuera, entonces en esta carta cada uno de nosotros damos nuestro consentimiento y apoyo al Papa, damos nuestro apoyo al Papa, porque el Papa solo necesita ver que el mundo y los demás están con él, porque claramente se están cambiando las cosas en Roma y ellos quieren ver que hay apoyo también.

¿Cómo Kites ha llegado a saber esta información? Porque un miembro del grupo de Kites, un miembro intimo que yo también conozco, fue hace unas semanas a un juez de su pueblo para obtener respuestas de las cosas malas que están aconteciendo alrededor del mundo, y esta persona que es miembro del “PAR” le ha dicho si el quería saber como era tan fácil poner fin a este sistema, ella debería conocer a personas mas altas en el “PAR” que él y entonces le dio el numero y la dirección de otra persona mas arriba que él y cuando llegó a esa persona le dio el nombre de otra persona mas alta que él; entonces después de conocer a personas muy muy pero muy oscuras en Canadá, ha llegado a conocer una persona que le dijo muy muy alta  el “par” que no quiere que sepamos su nombre claro ellos saben que su vida está en peligro cada vez que hablan en contra del “par” y los templarios de Londres, este es el hijo del vaticano, que el vaticano ya ha destruido con su propia mano y entonces ese miembro del “par” le ha dicho que es muy simple, es muy simple, el dijo, explicó que la carta del Papa apostolica ha puesto fin a la ficción, somos libres.

¿pero y los criminales quien  los va a recoger quien los va a poner en la cárcel, quien los va a castigar?
Hay solo una fuerza en este planeta que puede hacerlo, pero sin el apoyo del pueblo sin que nosotros le digamos por favor estamos contigo, apreciamos mucho el paso que ya hicistes destruyendo la ficción, la persona jurídica y ya ninguno puede esconderse detrás de esta protección mas y la inmunidad no existe mas, gracias estamos contigo, demandamos castigar y meter en la cárcel a los criminales, los que no quieren cambiar y esto es justo, pero el debe recibir el mandato del pueblo (LIBRE ALBEDRIO ENTREGADO A PLENITUD), de nosotros, el Papa no puede hacer mas, sus manos están  ”legadas” atadas con el sistema si nosotros no le damos el mandamiento, él tiene que recibir el mandado del pueblo, y los jesuitas también no pueden hacerlo solos, porque si el mundo esta dormido, van a perder la guerra contra los criminales( QUE PARADOJA NO, TODOS SABEMOS QUE LA CRIMINALIDAD EN EL MUNDO ES PROPICIADA POR EL MISMO VATICANO).

Hay muchas personas que quieren luchar contra los criminales, quieren poner fin a este sistema inicuo de los criminales, entonces en la carta que ya tu tienes una traducción en español, esta es una carta personal de Kites Gael, pero cualquiera puede utilizar las frases, la intención, la información dentro de la carta para construir una propia carta por si mismo, que uno tiene que escribir de puño y letra de su motus propio, de si mismo y no es suficiente copiar la carta de Kites porque es personal y no se puede utilizar, pero la idea es de escribir de motu proprio y firmar la carta con la propia sangre, firmar asi con el pulgar y enviarlo al Papa, cuando el la recibe, el vaticano cuando ya se hallan dado cuenta que hay bastantes despiertos que están tras de este paso que ya ha hecho el vaticano para destruir la ficción y para dar equilibrio a la humanidad, porque desde hace mucho no tenemos equilibrio, los que tienen los fusiles y las placas, y los tazer y estas cosas, ellos siempre han tenido la inmunidad del sistema, la protección del sistema; una policía por ejemplo es muy fácil ni piensa dos veces para dispararle a una persona, él esta protegido, “estaba” protegido, por eso oyes siempre que policías siempre con sirenas y con tazer y con fusilesy se hacen de la vista gorda, porque el pueblo siempre ha pensado que no tiene la misma fuerza o equilibrio o poder que tiene la policía o un juez, no con esta carta todo el mundo están parejos, “todos”.
Interrumpe de nuevo Jhonny Guzman y dice:
Santos me hicistes recordar yo estaba en una conversación con un presidente de una universidad y el me decía y su esposa cubana me decía que su familia vivía atormentada porque en Cuba habían pasado una ley donde habían dicho que todos los médicos si causan una mal practica se pueden ir a la cárcel, no es que se pueden ir, es que se van a la cárcel y todos los médicos están en pánico y con problemas porque tienen que ser responsables ahora y no pueden otorgar cualquier porquería de medicina y yo decía entre mi ¡pero eso esta bien!, o sea eso es lo mismo que tu estas diciendo, anteriormente estos policías estos criminales hacían lo que les daba la gana porque tenían protección y como vimos en tantos casos que abusan, maltratan a la gente, los matan y las cortes los encuentran no culpables.
Entonces esto es muy muy importante, para que las personas estén al tanto de esta carta, obvio que estamos hablando muy superficialmente y muy rápido porque en una hora no podemos decir tantas cosas pero para que ya tengan una idea de que es lo que esta sucediendo, de stos cambios que ya venimos hablando desde hace muchísimo tiempo verdad santos.

Si Jhonny lo que pasa es que cada uno esta responsable ahora, por ejemplo médicos no van a recetar fármacos o drogas a cualquiera persona por ejemplo aquí en este pais le dan a niños drogas para antidepresion, ¿y por que? Porque los médicos también reciben dinero de las compañías farmacéuticas que hacen este veneno y esta vacunas de mierda que hacen que le mente a niños, porque compañías, corporaciones, farmacéuticas no tenían ningún problema, tenían inmunidad, pero ahora no la tienen, ahora cada uno tiene que ser responsables para que sean salvados, ya la salvación llegó  y es la salvación de la ficción, esta es la salvación, el mundo en general se ha salvado, pero si lo quieren porque los dormidos ni se dan cuenta; los despiertos como nosotros nos hemos dado cuenta ya hace años, yo ya tengo muchos años que me di cuenta de la ficción, pero la ficción ya le llego su tiempo.
Hay un reloj en estados Unidos, en Washington DC que caminaba para 200 años y la semana pasada este reloj se detuvo, porque el gobierno no tiene dinero, son doce días que el gobierno americano, estados Unidos cerro la puerta,  no tienen dinero; aquí en Australia yo noto en los cielos que no hay Chemstrails.
Jhonny interrumpe de nuevo y dice:
Bueno los chemstrail son esos los aviones que van echando esos químicos, en español también les dicen chemstrail y te entienden Santos , los aviones van echando esos químicos que se ven en todas partes de Europa, de Estados Unidos, aca en Suramerica no se ven tanto, bueno aquí en Ecuador no he visto casi nada pero bueno, Santos.
Bueno en Australia, cada dia yo notaba, caaaada dia deceneas de decenas de aeroplanos en los cielos echando una mierda blanca de químicos, ¡es una mierda chemstrail!
Pero desde hace doce días desde cuando empezó el shotdowm del gobierno de Estados Unidos no hay chemstrail, ¿Por qué? Porque primero no hay dinero, el dinero se acabo, porque el vaticano tiene todo el dinero, les han quitado su apoyo del sistema y la otra razón es porque cada uno tiene que ser responsable, nadie quiere ir, un piloto tiene que ser responsable si quiere ir en el aeroplano y echar mierda para envenenar a la gente mas y vamos a ver las cosas cambiar mucho.
Entonces esta carta que se escribe al papa, si yo lo haría lo antes posible para dar apoyo a los cambios que están dando en el vaticano.
Entra Jhonny Guzman y dice:
Muy bien mi querido Santos Bonacci es verdad lo que tu dices, también ahora que yo estuve en Mexico mucha gente interesada en estos temas, mucha gente quiere cambiar su vida pero igual también hay muchas chicas y chicos que quieren seguir en la vida cotidiana, la vida loca y la estupidez, piensas que son lo que tienen no lo que son y desafortunadamente el viento se los va a llevar y van a continuar en ese drama y bueno cada cual tiene lo que recibe desafortunadamente asi es.

Bueno mi querido Santos un placer como siempre tenerte aquí en este programa, a ver si la próxima semana  te invitamos otra vez para continuar y retomar el sincretismo ahora que es muy importante para la gente ahora que se de cuenta de todo lo que esta suceciendo y reforzar sus creencias en esta nueva ideología que hemos comenzado a crear aquí con el sincretismo la ciencia de la luz. Santos gracias un millón mi querido amigo y te veo la próxima semana.

HASTA AQUI TERMINA LA REPRODUCCION DE DICHOS VIDEOS:

Ahora mis lectores vamos a la interpretacion de lo que este señor dice pero hay ciertos puntos que como que aun no captò èl; 


  1. El Papa abolio la ficcion eso es verdad, pero el se queda como unica figura representativa de la ficcion en la Tierra, nadie por debajo de èl entre los humanos esta mas en la ficcion. Pero por arriba de el mismo Francisco siguen los que no son nada humanos, los 13 annunaki puros no los linajes, Lucifer y los macrobios y cuantos mas vaya  usted a saber salen en nomina jajaja....! Un documento emitido como Motu Proprio es de propia iniciativa del Papa, y no en respuesta a una demanda o por iniciativa de otros. Sus determinaciones legales llevan la fuerza plena de la autoridad papal, aunque no deroga las leyes existentes, a menos que específicamente lo declare. Puede ser un documento de cualquier categoría. Asi que seguimos siendo esclavos hasta tanto en la carta no especifique aboliciòn de todo tipo de esclavitud...!
  2. Con esta accion Francisco destruyo la ficcion, aparte el quebrò la ficcion con la quiebra de la reserva federal y esta destruyendo todas las demas monedas y economias de cualquier otra corporacion que pueda existir; solo el a Motu proprio esta quedando como corporacion, con toooooodos los recursos fisicos del planeta, activos fisicos como oro, plata, diamantes, o sea todos los minerales que tiene en resguardo dentro del vaticano, su corporacion y la unica existente y que no esta quebrada.
  3. todas las empresas aun quebradas siguen perteneciendo al vaticano, asi que a èl cuando le de la gana puede reactivarlas o no, las de alimentos, calzado, prendas de vestir, medicinas, automoviles, de construccion, etc.
  4. No hay nada ni nadie que pueda sujetar a pèrsona alguna a contrato o convenio alguno que deba cumplir, ya que no estan amparados por esta ficcion a menos que tu para poder comprar o vender te sujetes a las normas y leyes de la ficcion si tu quieres, pero sino eres LIBRE Y SOBERANO DE TI;  entonces tienes que buscar una manera de procurarte por ti mismo lo que necesitas de manera artesanal o industrial, (alimentos, calzados, prendas de vestir, medicinas automoviles, etc)  ya sea individual o colectivamente, entonces ya vamos por lo que tanto les esta pidiendo la libre evolucion, "AUTOGOBERNARSE Y SER RESPONSABLES Y  COOPERATIVISTAS ENTRE TODOS, SIN ACEPTAR A NADIE POR ENCIMA DE USTEDES MISMOS" .   ¿Ahora cuantos de ustedes estan listos para dar ese paso y dejar a un lado a papà estado que les da el sustento que necesitan, las comodidades de las ciudades y los servicios publicos?, buena pregunta entonces vayan organizandose y yendose a vivir a comunidades autosuficientes en zonas que les permitan sembrar sus  propios alimentos, sus animales de cria, donde puedan poner sus propias industrias de manufacturacion de calzados, vestimentas, medicinas, vehiculos y demas articulos de primera necesidad. O se deciden de una vez por todas a tomar el poder de sus gobiernos y autogobernarse por ustedes mismos y encargarse de toda la infraestrutura que ya se encuentra existente, fabricas e industrias, escuelas y hospitales, se organizan y ponen a funcionar todo como deberia de ser y con unas finanzas transparentes. porque la gran trampa esta en que cuando el colapso estalle, los que no sepan que hacer van a correr a los pies de este señor y darle toda la potestad de que resuelva el manicomio que va a estallar con el colapso en los dias que toquen, y claro esta seran la mayoria de los borregos los que lo van  a hacer.
Ahi es cuando empieza el NUEVO ORDEN MUNDIAL,  con poderes plenipotenciarios dados por la mayoria de los humanos del planeta que son verdaderos borregos que no saben vivir sin un pastor que los alimente, los cuide y les de albergue, que los salve del caos apocaliptico de la delincuencia desatada, las guerras, la escaces y todo lo que  esto arrastra...!

Y para ponerles algunos ejemplos, si alguien demanda a alguno que no le pago una deuda, acude al papa y este obliga a que este pague, quien demande a otro sea por el motivo que sea le demanda al papa que obre por èl, entonces el actuara y asi seguira, siendo expedito en la imparticion de la justicia que esta ausente por obra y gracias de la desaparicion de la ficcion; y si por ejemplo a un borrego le dices que le quieren matar a traves de las vacunas, los chemstrail, los alimentos transgenicos, las medicinas y cuanto medio tienen los iluminatis, entonces te conviertes en un loco conspiranoico para este borrego y los miles de millones que aun no les da la gana de despertarse, dicen que tu les estas dañando su paz y tranquilidad mental, su psiquis viene una de estas corporaciones ficticias que ya no lo son y te demandan por millones de dolares por daños mentales y te meten a la carcel, o A LOS CAMPOS FEMA JUNTO CON LOS DEMAS DESPIERTOS,  a los que ya tienen identificados a traves de la NSA y sus etiquetas, rojas, azules y amarillas. porque se les considera UN NUEVO TIPO DE TERRORISMO DESPIERTO.

LO DEMAS SE LOS DEJO A SU ENTERA IMAGINACION....!

Ahora vean este video de Jhony Guzman que esta diciendo que nada de esto puede ser posible y que no sean mal pensados con este "BUENAZO DE FRANCISCO I"  y sus  benevolentes intenciones...!






Dejeme aclararle señor Jhonny Guzman, que esa carta se me parece mucho a una que benedicto XVI publicò en el 2009, dizque para acabar con la corrupcion en el mundo aqui se la pongo para que se la estudie:

http://www.vatican.va/holy_father/benedict_xvi/motu_proprio/documents/hf_ben-xvi_motu-proprio_20101230_attivita-illegali_sp.html

CARTA APOSTÓLICA
EN FORMA DE “MOTU PROPRIO” DE 
BENEDICTO XVI

SOBRE LA PREVENCIÓN Y LA LUCHA CONTRA
LAS ACTIVIDADES ILEGALES
EN EL CAMPO FINANCIERO Y MONETARIO

La Sede Apostólica siempre ha levantado su voz para exhortar a todos los hombres de buena voluntad y, sobre todo, a los responsables de las naciones, al compromiso en la edificación, también mediante una paz justa y duradera en todas partes en el mundo, de la ciudad de Dios universal hacia la cual avanza la historia de la comunidad de los pueblos y de las naciones (Benedicto XVI, carta enc. Caritas in veritate, 29 de junio de 2009, 7: AAS 101 [2009] 645). Lamentablemente, en nuestros tiempos, en una sociedad cada vez más globalizada, la paz se ve amenazada por distintas causas, entre las cuales la de un uso impropio del mercado y de la economía, y la causa terrible y destructora de la violencia que el terrorismo perpetra, ocasionando muerte, sufrimientos, odio e inestabilidad social.
Muy oportunamente la comunidad internacional se está dotando cada vez más de principios e instrumentos jurídicos que permitan prevenir y luchar contra el fenómeno del blanqueo de dinero y de la financiación del terrorismo.
La Santa Sede aprueba este compromiso y quiere hacer suyas estas reglas en el uso de los recursos materiales que sirven para el desarrollo de su misión y de las tareas del Estado de la Ciudad del Vaticano.
En ese marco y en ejecución de la Convención monetaria entre el Estado de la Ciudad del Vaticano y la Unión Europea del 17 de diciembre de 2009, he aprobado para este Estado la emanación de la Ley sobre la prevención y la lucha contra el blanqueo de ingresos procedentes de actividades criminales y de la financiación del terrorismo del 30 de diciembre de 2010, que hoy se promulga.
Con la presente Carta apostólica en forma de motu proprio:
a) establezco que la citada Ley del Estado de la Ciudad del Vaticano y sus futuras modificaciones tengan vigencia también para los dicasterios de la Curia romana y para todos los organismos y entes dependientes de la Santa Sede donde estos desarrollen las actividades a las que se refiere el art. 2 de la misma Ley;
b) constituyo la Autoridad de información financiera (AIF) indicada en el artículo 33 de la Ley sobre la prevención y la lucha contra el blanqueo de ingresos procedentes de actividades criminales y de la financiación del terrorismo, como Institución vinculada a la Santa Sede, a tenor de los artículos 186 y 190-191 de la Constitución apostólica «Pastor Bonus», confiriéndole la personalidad jurídica canónica pública y la personalidad civil vaticana y aprobando sus Estatutos, unidos al presente motu proprio;
c) establezco que la Autoridad de información financiera (AIF) ejerza sus funciones respecto de los dicasterios de la Curia romana y de todos los organismos y entes a los que se refiere la letra a);
d) delego, limitadamente a las hipótesis delictivas de las que trata la citada Ley, a los órganos judiciales competentes del Estado de la Ciudad del Vaticano a ejercer la jurisdicción penal respecto de los dicasterios de la Curia romana y de todos los organismos y entes referidos en la letra a).
Dispongo que cuanto se establece tenga valor pleno y estable a partir de la fecha de hoy, no obstante cualquier disposición contraria, aunque sea merecedora de especial mención.
Establezco que la presente Carta apostólica en forma de motu proprio se publique en Acta Apostolicae Sedis.
Dado en Roma, en el palacio apostólico, el 30 de diciembre del año 2010, sexto de mi pontificado.
BENEDICTUS PP. XVI

© Copyright 2008 - Libreria Editrice Vaticana


Si usted y algun otro quiere ver esta o cualquiera de estas cartas de papa Noel, bueno aqui les dejo este enlace:


y aqui el link directo a todas las cartas de Benedicto XVI :




¿AHORA QUE HAY DE DIFERENTE ENTRE UNA CARTA ENCICLICA, UNA CONSTITUCION Y UNA APOSTOLICA?

http://encuentra.com/biografia/los_tipos_de_documentos_y_mensajes_papales14490/

Los tipos de documentos y mensajes Papales

Pbro. Dr. PabloArce Gargollo 
21 julio 2008
Sección: Biografía

¿Qué es una encíclica? ¿Qué diferencia hay entre una Constitución y una carta apostólica? Aquí están las respuestas.
Motu Proprio
Un documento emitido como Motu Proprio es de propia iniciativa del Papa, y no en respuesta a una demanda o por iniciativa de otros. Sus determinaciones legales llevan la fuerza plena de la autoridad papal, aunque no deroga las leyes existentes, a menos que específicamente lo declare. Puede ser un documento de cualquier categoría.
Constitución Apostólica
En la doctrina, incluye los actos del Magisterio solemne del Papa; en el gobierno, la erección de diócesis, el cambio de su estatus, las normas para la elección papal y cosas similares.
Encíclica
Una circular o carta general que expresa el pensamiento del Papa, generalmente en materias de fe y moral. Puede ser una carta a la Iglesia entera o una epístola a una Iglesia o personas en particular (por ejemplo, la encíclica de Pío XI a los alemanes “Mit brennenden sorge”, condenando el racismo).
Carta Apostólica
Carta de autoridad menos solemne que una encíclica, puede escribirse sobre materias doctrinales (por ejemplo la Carta del Papa Juan Pablo II “Tertio Millenio Adveniente”). También pueden anunciar un acto papal como la declaración como Venerable de una persona (virtudes heroicas) o la declaración de un templo como Basílica.
Exhortación Apostólica
Una categoría similar a la Carta Apostólica, que el Papa Juan Pablo II usa para comunicar a la Iglesia las conclusiones a las que ha llegado tras considerar las recomendaciones de un Sínodo de Obispos. También la ha usado en otras circunstancias, como para exhortar a los religiosos a una vida evangélica más profunda.
Declaración Común
Declaración conjunta del Santo Padre y otros líderes religiosos acerca de la comprensión común de alguna enseñanza.
Homilía
Las homilías del Papa tras la lectura de la Escritura en la Misa.
Audiencia
Audiencia General – La oportunidad de oír y/o saludar al Santo Padre se llama audiencia. Los miércoles, cuando está en Roma, tiene una Audiencia General en la sala de audiencias Pablo VI o en la plaza de San Pedro. Las alocuciones en estas Audiencias se utilizan típicamente para desarrollar un tema en un largo período de tiempo. Se requiere un tique de entrada, que es gratuito.
Audiencia Privada – El Papa también mantiene audiencias privadas con personas y grupos con los que habla de asuntos concretos, como de los problemas médicos a los grupos de doctores, asuntos internacionales a diplomáticos, y sobre la Doctrina de la Iglesia y procedimientos a los oficiales de la Curia.
Discurso
En los actos fuera de la Misa (en la que se llama homilía) o fuera de las usuales audiencias, el Papa puede dirigir una alocución a grupos de personas, al llegar o partir un lugar, antes o después de la Misa, en un rosario o en alguna otra circunstancia que no sea una homilía o una audiencia.
Mensaje
Mensajes hablados o escritos, que llevan a menudo un saludo personal, a individuos o grupos. Normalmente más breve que una carta o una alocución


Si el Papa francisco I quiere dar la libertad a todos, èl la decretaria de manera publica, notoria y comunicacional y no tendriamos nosotros que enviarle ninguna carta pidiendo la liberaciòn individual de cada humano y menos firmada con nuestra sangre...!

AHORA UNA VERDADERA CARTA DEL PAPA OTORGANDO LA LIBERTAD A TODOS LOS HUMANOS DE LA TIERRA DEBERIA SER REDACTADA DE ESTA MANERA:


CARTA APOSTÓLICA
EMITIDO Motu Proprio
Del Sumo Pontífice FRANCIS
SOBRE LA COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES JUDICIALES DE CIUDAD DEL VATICANO EN MATERIA PENAL

En estos nuevos  tiempos de transcision y evolución de la humanidad hacia una nueva etapa, los hombres de nuestro tiempo se hacen cada vez más conscientes de la dignidad de la persona humana y aumenta el número de aquellos que exigen que los hombres en su actuación gocen y usen del propio criterio y libertad responsables, guiados por la conciencia del deber y no movidos por la coacción, para que la amplitud de la justa libertad tanto de la persona como de las asociaciones no se restrinja. Esta exigencia de libertad en la sociedad humana se refiere sobre todo a los bienes del espíritu humano, principalmente a aquellos que pertenecen al   ejercicio del libre albedrio  individual y en la sociedad. Secundando con diligencia estos anhelos de los espíritus y proponiéndose declarar cuán conformes son con la verdad y con la justicia, este Concilio Vaticano  Al ratificar varios convenios internacionales en estas áreas y actuando también en nombre de la Ciudad del Vaticano, la Santa Sede  ha llegado a un acuerdo por el bien común y la paz.

  Con el fin de renovar el compromiso de la Sede Apostólica a cooperar para este fin, por medio de esta Carta apostólica en forma de Motu Proprio, establezco que:


Declaración de   la libertad de la Soberanía Humana y el libre albedrio
Nosotros, el concilio Vaticano reconocemos vuestra herencia en común ante el Creador de todo el Universo, visible e invisible. Nosotros, el concilio Vaticano, declaramos el planeta tierra y su humanidad, todos los Habitantes de la tierra, de todas las razas como un  planeta libre, vuestro hogar y vuestra sagrada herencia. Nosotros declaramos de aquí en adelante que todas las razas son libres de  esclavitud alguna y sostenemos  esta libertad para el planeta Tierra y para las generaciones venideras. Nosotros le hacemos un llamado a toda la humanidad a tratar todas las razas en todos lados con sabiduría, igualdad  y justicia, aquí en la Tierra y por todo el Universo
Derechos Fundamentales
Nosotros, este Concilio Vaticano  , consideramos la necesidad de  los Habitantes de la Tierra de ser libre como norma universal. Por lo tanto, sostenemos que todos los individuos en este y todos los planetas son creados y son provistos por el Creador con derechos sagrados e inalienables. Fundamentales entre estos derechos está el derecho a vivir como una raza libre en su planeta de origen y hogar; el derecho a la libre determinación, expresión creativa y autosuficiencia; el derecho a una vida sin opresión; y el derecho a perseguir en la vida vuestro más alto propósito y llamado que el Creador nos ha provisto a todos.
Ante la Comunidad Mayor del Universo, nosotros, el concilio vaticano reconocemos a  los Habitantes de la Tierra estos derechos fundamentales para vosotros y para vuestro planeta, incluyendo ciertos derechos que naturalmente se derivan de los derechos antes mencionados, incluyendo
§ El derecho a la soberanía. Los Habitantes de la Tierra deberán gobernarse asi mismos y ser independientes, nunca sujetos ni dependientes a cualquier otra autoridad. Ninguna fuerza  extraterrestre deberá atribuirse o apropiarse la soberanía humana de este planeta.
§ El derecho a la inviolabilidad planetaria. Como vuestro planeta de origen, la Tierra deberá estar libre de cualquier intervención extraterrestre, intrusión, interferencia o explotación, tanto física como mental. Ninguna fuerza extraterrestre deberá acercarse o asumir una órbita cercana, aterrizar o entrar en comercio excepto abiertamente y con el consentimiento de los Habitantes de la Tierra, esto realizado a traves de medios democráticos.
§ El derecho a la inviolabilidad de material biológico y genético. Ningún poder extraterrestre podrá quitar, poseer o manipular el material genético y biológico humano para ningún propósito.
§ El derecho de ocupación. Como nativos de este planeta, considerado el único planeta habitado del sistema solar, vosotros podeis reclamar este sistema solar como vuestra esfera de influencia. Ninguna base extraterrestre deberá ser establecida en estaciones o posiciones que orbiten la Tierra. Así, como tampoco en otros planetas o posiciones que estén ubicados en este sistema solar, a excepción del expreso consentimiento de los Habitantes de la Tierra.
§ El derecho a una navegación pacifica. Nosotros declaramos el derecho  de la humanidad de viajar y explorar vuestro sistema solar sin interferencia o restricciones provenientes de fuerzas extraterrestres y el derecho de negar acceso a este sistema solar a cualquier fuerza extraterrestre.
Nosotros, el concilio vaticano reconocemos a los Habitantes de la Tierra, vuestra responsabilidad de ejercer y defender estos derechos fundamentales,  de aquellos que no son nativos de la Tierra.
Demandas y Declaraciones
Por consiguiente, nosotros, el concilio Vaticano a los Habitantes de la Tierra, de esta manera declaramos todos los acuerdos y tratados que se han realizado entre cualquier gobierno humano, grupo, o individuo y los extraterrestres como nulo y permanentemente suspendido. Nosotros exigimos que todos los acuerdos o tratados existentes sean publicados en su totalidad. Cualquier acuerdo o tratado futuro entre gobiernos de la Tierra, grupo, o individuos y extraterrestres deberá ser negociado sólo con el completo consentimiento de los Habitantes de la Tierra, abiertamente y públicamente expresado por cuerpos democráticos internacionales que representen las naciones y Habitantes de la Tierra.
Nosotros, el concilio vaticano  exigimos que todos los extraterrestres cesen ahora todas sus operaciones y actividades, desocupar y abandonar la Tierra y sus alrededores incluyendo el Sol, la Luna, y todos los planetas en este Sistema Solar. Esto incluye la desarticulación de cualquier satélite natural o artificial en cualquier región de este Sistema Solar.
Nosotros, el concilio vaticano  exigimos que todas las organizaciones extraterrestres que se han establecido u operado bases en la Tierra, su Luna o cualquier lugar dentro de este Sistema Solar, desmantelen dichas bases y que publiquen completamente la naturaleza de sus operaciones.
Nosotros, el concilio Vaticano  además exigimos que todos los humanos vivos que están en custodia de extraterrestres sea devueltos inmediatamente con buena salud; además, nosotros exigimos una contabilidad completa de todos los humanos que han sido llevados y mantenido en custodia por extraterrestres, incluyendo todos aquellos que han muerto en cautiverio. Por añadidura a lo dicho, nosotros exigimos que todo material biológico y genético humano que haya sido extirpado de cualquier individuo sea contabilizado y destruido, y que se identifique su propósito. Cualquier implante insertado a individuos vivientes deberá ser identificado para que sean removidos de forma segura.
Nosotros, el concilio vaticano exigimos una revelación pública completa y detallada basada en el propósito del programa de hibridización, incluyendo localización, identidad y actividades de todos los híbridos humano-extraterrestre que existan aquí en la Tierra o en cualquier lugar.
Que sea sabido por todo el planeta Tierra y  el Universo que de ahora en adelante, cualquier entidad extraterrestre solo entrara a vuestro Sistema Solar, acercarse a la Tierra, volar en vuestros cielos, poner pie en nuestro suelo, o acceder vuestras aguas con el consentimiento de los Habitantes de la Tierra.
Nosotros, el concilio vaticano entonces, declaramos que los Habitantes de la Tierra son y deberán ser libres e independientes; que todos los humanos están eximidos de toda lealtad hacia los poderes extraterrestres, y que todas las conexiones políticas y económicas entre ellos y los Habitante de la Tierra quedan totalmente disueltas; que como una raza libre y soberana en la Comunidad Mayor del Universo, vosotros asuman  total control sobre este Sistema Solar para terminar el proceso de paz, concluir la guerra, hacer alianzas, establecer comercio y emprender todas las acciones que toda raza planetaria soberana tiene el derecho de realizar de forma ética.
Que sea entendido que al hacer esta Declaración de  libertad de la Soberanía Humana, vosotros, los Habitante de la Tierra, consoliden vuestro futuro y vuestro destino como una raza libre dentro de la Comunidad Mayor de vida inteligente. Nosotros, el concilio vaticano reconocemos que son parte de esta Comunidad Mayor y que estan destinados con el tiempo encontrar  muchas razas diferentes ubicadas en otras regiones del Universo y estrechar vínculos y acuerdos comerciales.
Al hacer nuestra Declaración de la libertad de la Soberanía Humana, nosotros, el concilio vaticano proclamamos vuestros derechos, responsabilidades y privilegios como una raza libre para poder establecer más unión, paz y cooperación dentro de la familia humana sin la intrusión e interferencia por parte de cualquier nación o fuerza que venga de otras regiones de la Comunidad Mayor. Nosotros hacemos esta proclamación como una expresión de nuestro derecho divino y de nuestras mejores intenciones hacia la familia humana y para todas las razas en el Universo que quieren ser libres.
Establezco que la presente Carta apostólica en forma de Motu Proprio será promulgada por su publicación en L’Osservatore Romano, que entró en vigor el dia/mes/año 2013


  Dado en Roma, en el Palacio Apostólico, el dia/mes/año, el primero de mi Pontificado.
FRANCISCUS

Derecho Romano. Historia de la Constitución de Roma y de sus instituciones de Derecho Público


Leer más: http://www.monografias.com/trabajos98/derecho-romano-historia-constitucion-roma/derecho-romano-historia-constitucion-roma.shtml#ixzz2iD14K7f0

Roma en la historia de la humanidad

  • i. Las revoluciones culturales:
Desde que el hombre apareció sobre la tierra (hombre como ser que goza de inteligencia y habla) hasta nuestros días, su existencia ha transcurrido como una larga lucha contra las limitaciones que la naturaleza le impuso.
Los estudiosos han señalado tres grandes revoluciones culturales, entendiendo por "revolución cultural" a las modificaciones sustanciales de la relación del hombre con la naturaleza.
Así se habla de una primera revolución cultural que sería el paso del hombre del paleolítico al neolítico, una segunda que sería la revolución urbana y una tercera que sería la industrial.
El derecho aparece como consecuencia de haberse alcanzado cierto grado de desarrollo social y político.
  • ii. Primera revolución: del paleolítico al neolítico. Consecuencias:
El hombre del paleolítico es lo que comúnmente se denomina como "un ser salvaje", es un mero depredador. Vive de la caza, de la pesca y de la recolección de frutos. Su actividad cultural se limita a la búsqueda y modificación de elementos de la naturaleza para facilitar sus tareas cotidianas.
La primera revolución consiste en que el hombre pasa de ser un mero recolector de alimentos a ser un productor de alimentos. En cuanto a las causas de esto, una buena razón es que se produjeron cambios climáticos que modificaron el hábitat humano. Frente a estos cambios el hombre quedo sumamente limitado en su posibilidad de proveerse alimentos y agudizo su ingenio (inteligencia), lo que lo llevo a descubrir la agricultura y el pastoreo.
Las consecuencias más importantes de esta revolución son:
  • a) Abundancia alimentaria: los alimentos dejan de ser escasos por lo que el hombre comienza a comer mejor y más regularmente, lo cual lo hace más resistente al medio hostil.
  • b) Explosión demográfica: madres más sanas y mejor alimentadas tienen hijos mas fuertes y con mayor viabilidad y los niños pueden alimentarse mejor porque el alimento es más abundante. En consecuencia hay menos mortalidad infantil. Por otro lado, los hijos que antes significaban una boca más para alimentar ahora son necesarios porque desde muy pequeños pueden colaborar en tareas sencillas.; y cuando crecen son un trabajador más y un nuevo guerrero para defender el territorio.
  • c) Paulatina sedentarización: las parcelas explotadas obligan al hombre a quedarse cerca del territorio sembrado y de sus corrales.
  • d) Aparece el concepto de exclusividad en el usufructo: el hombre del paleolítico directamente gozaba de la naturaleza que estaba "al alcance de su mano", pero el del neolítico siente que los bienes le pertenecen porque fue el los sembró. Así aparece la idea de que lo que es "mío", lo es porque "yo lo trabaje".
  • e) Aparición del concepto de soberanía: los bienes comunes (las obras de ingeniería de riego o los corrales, por ej.) deben ser mantenidos y defendidos y todos los miembros del grupo participan en esta tarea.
La primera revolución cultural le permitió al hombre apoderarse de la tierra y valorizar el trabajo como fuente de vida y bienestar.
  • iii. Situación previa a la revolución urbana: "la gens"
El hombre del neolítico termina organizado en grupos más o menos numeroso, sin otra organización social que el sometimiento a la jefatura de uno de sus miembros.
Una de las características fundamentales de estos grupos es que sus miembros se conocían entre si, y se reconocían como integrantes del grupo.
La gens constituía, en los tiempos inmediatamente anteriores a la fundación de Roma, un grupo humano primordial, de unidad económica, militar, religiosa y jurídica, que ejercía soberanía sobre un territorio integrado por personas que creían descender de un antepasado mítico común y que estaban sometidos a la jefatura vitalicia de uno de sus miembros que recibía el nombre de "páter"
  • a) Grupo humano primordial: Se entiende por tal al grupo humano fuera del cual la vida era imposible. Solo se podía "existir" dentro de la gens y quien estuviera fuera de ella, debía procurarse su inserción en alguna otra.
  • b) De unidad económica: La unidad económica radicaba no solo en que existía un l régimen de autoabastecimiento, sino también en el usufructo de un territorio propio, parcelado y sometido a la explotación rotativa.
  • c) Unidad militar: cada gens formaba su propio sistema de defensa, baja la jefatura del páter.
  • d) Unidad religiosa: La religión se expresaba mediante la existencia de cultos y ritos privativos de cada gens que estaban dedicados a ese antepasado común que creían tener.
  • e) Unidad jurídica: Cada gens aparecía como un todo jurídico. La personalidad jurídica reposaba en la gens, y no en cada uno de sus miembros. Dado que en la gens el sistema jurídico consistía en el sometimiento a la voluntad del páter, toda la gens respondía por la conducta de cada uno de sus miembros.
  • f) Ejercicio de la soberanía: el territorio de cada gens abarcaba no solo la casa-habitación de sus miembros sino también los predios en los que cultivaban y pastaban sus ganados.
  • g) Antepasado común: Los miembros de cada gens creían descender de un antepasado mítico común, que era un héroe de tiempos remotos, al que se le adjudicaban hazañas o proezas. Ese personaje daba su nombre e identificaba a cada gens.
  • h) La jefatura: El páter era un miembro de la gens al que todos sus integrantes le estaban sometidos. No era necesariamente el más viejo, ni el hijo del páter anterior, ni se sabe si el cargo era electivo. Su cargo era vitalicio y su poder muy grande, pero no era el "dueño" de la gens, sino lo que lo hoy llamaríamos un gerente con poderes amplísimos.
Clients:
En torno de cada gens se fueron constituyendo agrupaciones de individuos que recibían protección de aquella y que recibían el nombre de "clients". Estos individuos se hallaban en una situación que podría definirse como contractual, ya que a cambio de la protección y de las tierras para producir que recibían de la gens, estaban comprometidos fundamentalmente a brindar asistencia bélica y económica. Los clients gozaban de plena libertad y la única limitación que tenían es que jamás podían llegar a ser miembros de la gens a la que estaban adosados.
  • iv. La revolución urbana. Consecuencias. Modelo oriental y occidental. Modelo romano.
El segundo cambio importante que conoció la humanidad es el que se conoce como "Revolución urbana".
El hombre del neolítico vivía agrupado dentro de la gens. La revolución urbana consiste en que estos grupos parentales, por diversas causas, van abandonando paulatinamente su aislacionismo y se integran en una unidad política mayor. Como consecuencia del fin del autoabastecimiento y de la aparición de la división y especialización del trabajo, se produce una metamorfosis de la vida del ser humano que es lo que se denomina "revolución urbana".
Algunas consecuencias de este cambio son:
  • a) Aparece la idea de propiedad exclusiva: A partir de la Revolución urbana, y el declive de las Gens, cada uno es dueño de los frutos que obtiene, asimismo por la división de trabajo, se dedican a tareas no agropecuarias, se convierten en dueño del medio de producción.
  • b) Aparecen los excedentes de diversos bienes: Se acumulan los bienes y son el origen de la riqueza material.
  • c) Diferencias sociales: Se divide la sociedad en grupos de personas que tienen diferentes riquezas.
  • d) Descendencia por vía paterna: Se instaura la necesidad de determinar con certeza la filiación de cada persona, a fin de que pueda suceder a su padre en la propiedad de los bienes. Es por ello que cada miembro de la sociedad procuro asegurar la filiación de sus hijos, por lo que cada mujer mantenía relaciones sexuales con un solo hombre. Esta va dando origen a lo que luego va a ser el matrimonio romano.
  • e) Aparición de sectores no productivos: Aparecen nuevos sectores dentro de la sociedad que subsisten sin producir bienes como los destinados a los cultos religiosos.
  • f) La escritura: La necesidad de llevar registros en virtud de la proliferación de bienes y el ensanchamiento de las actividades comerciales hace aparecer la escritura, al principio en formas diversas pero homogeneizándose hasta convertirse en una importantísima forma de expresión.
  • g) El Derecho: Aparece el derecho, un sistema de prohibición de conductas bajo la amenaza de una sanción de la autoridad al individuo.
Así como la revolución del neolítico le permitió al hombre derribar la valla de la escasez "natural" de los alimentos, la urbana le permitió derribar la valla de la limitación de la memoria.
Modelo oriental de revolución urbana
Se llama así al que se da cuando los grupos parentales son absorbidos por un sistema teocrático, de gran extensión territorial, monárquico, absoluto, autocrático, generalmente hereditario y con una economía basada fundamentalmente en la obra pública. Dentro de este modelo entran la civilización sumeria y las mesopotámicas que la siguieron; la hebrea y la egipcia.
En el modelo oriental el gobierno es ejercido directamente por un dios (como el faraón en Egipto) o por sacerdotes de Dios (caso de Israel). El monarca es "señor" (dueño) del territorio y de sus súbditos. Los súbditos están sometidos a la voluntad del monarca que no debe rendir cuenta a nadie por sus actos y que gobernara hasta su muerte o voluntaria abdicación.
Modelo occidental de revolución urbana
Aparece en los territorios que actualmente conocemos como Grecia, las islas del mar egeo y su ámbito de influencia que abarco hasta Italia. Es un modelo de revolución urbana distinto al anterior que recibe el nombre de "polis" (griego) o "ciudad estado" (castellano).
A la ciudad Estado se la define como una comunidad de hombres libres que se autogobiernan, residente en un territorio autoabasteciente, alrededor de un centro cívico donde funcionan los órganos de acción política y cultural. Es importante aclarar que no todos los habitantes pertenecían a esa "comunidad" y que no eran iguales entre sí.
En las poleis convivían los "hombres libres que se autogobernaban" con otros "grupos humanos" que no formaban parte de la polis, pero que eran subordinados. En algunos casos esos grupos se fueron integrando (los plebeyos en Roma) y en otros permanecieron siempre excluidos (los ilotas en Esparta).
Al hablar de Oriente se habla de un sistema de centralización del poder con un ejercicio absoluto del mismo, una subordinación de los súbditos al jerarca con pautas de convivencias muy severas y gran resistencia al cambio. En cambio, Occidente se trataba de un poder dividido, gobiernos que son responsables de su gestión y un campo de libertades muy amplias.
El caso especial del modelo romano
La ciudad de Roma comienza siendo un ejemplo claro de revolución urbana occidental y termina desarrollando un modelo similar al oriental.
Roma es, en principio, una cuidad estado constituida por poblaciones provenientes de Asia central. Estos pueblos llamados comúnmente "indoeuropeos", se desplazaron desde su lugar de origen hacia el Mediterráneo, posiblemente en busca de mejores condiciones de vida y climas más benignos. También había llegado a la zona del centro de Italia otro pueblo, los etruscos.
Roma siguió un proceso de nacimiento similar al de las poleis griegas: paso por una federación de grupos cívicos (gens) a someterse a un monarca común (Rex en Roma) desplazado luego por la aristocracia (patricios) y que luego serán remplazados por los detentadores del poder económico (timocracia).
Revolución industrial
Durante los siglos XVIII y XIX se producen una serie de innovaciones técnicas, invenciones y descubrimientos que generan un cambio fundamental en la cultura humana y que se han conocido con el nombre de "revolución industrial".
En la practica la revolución industrial consistió en la aparición de fábricas, en las que los obreros trabajaban con instrumentos y maquinaria ajena, lejos de su hogar y con sistemas de producción cada vez más perfeccionados y automatizados, lo que provoco no solo un aumento espectacular de la producción de bienes sino también un aumento en la acumulación y concentración de la riqueza en menos manos y una necesidad de obtener cada vez más consumidores para la cada vez mayor producción.

Orígenes de la civitas Roma

  • i. Historia legendaria de la fundación de Roma
El relato tradicional arranca desde que Eneas (príncipe troyano) huye de los invasores griegos e inicia una odisea desembarcando finalmente en un lugar cercano a Cartago. Allí eneas seduce a la reina Dido y luego la abandona para seguir su camino hacia Italia, lo que provoco el suicidio de la reina y, quizás el odio que los cartaginenses sentirán para siempre hacia Roma.
Una vez llegado a la parte central de la península de Italia, eneas y sus compañeros luchan contra una coalición de pueblos autóctonos encabezados por los etruscos, para lo cual deben aliarse con un rey llamado Latino. Luego de la victoria, Eneas se casa con Lavinia, hijo de Latino, y al morir sus descendientes fundaron la ciudad de Alba Longa en la reinaron por doce generaciones.
El último de los reyes de esa ciudad fue Numitor, que fue derrocado por su hermano Amulio quien se adueño del poder. Numitor tenía una hija llamada Rea Silvia, a la que para evitar que se casara y tuviera hijos con aspiraciones al trono, Amulio, obligó a que se consagrara como virgen a la diosa Vesta. Pero a pesar de esto, Rea Silvia tuvo un amorío con el dios Marte y quedo embarazada de Rómulo y Remo. Al enterarse Amulio los manada a matar arrojándolos al rio, pero son salvados y amamantados por una loba. Los mellizos crecieron y derrocaron a su tío Amulio y repusieron en el trono a su abuelo Numitor que, en agradecimiento les dono tierras para que formaran su propia ciudad. En las ceremonias de la fundación de Roma, Remo desobedece a Rómulo y este lo mata.
Al asumir como rey de la naciente ciudad, Rómulo se dio cuenta que si querían descendencia, necesitaban mujeres por lo que los romanos raptan mujeres solteras de una población cercana de origen sabino. Obviamente luego de esto, los sabinos atacaron a los romanos y luego de una negociación decidieron vivir todos juntos en la nueva ciudad y alternarse en el poder.
Al morir Rómulo lo sucede un sabino, Numa Pompilio, que es seguido por un latino, Tulio Hostilio a su vez continuado por otro sabino llamado Anco Marcio. Al morir Anco Marcio, se apodera del trono un griego: Tarquino. Al morir Tarquino lo sucede su yerno Servio Tulio que luego es asesinado por su yerno: Tarquino el soberbio (hijo de Tarquino).
Tarquino el soberbio gobernó en forma muy tiránica hasta que fue derrocado en el 509. Muchos autores sostienen que en este momento nace el sistema republicano.
  • ii. Las tres tribus romanas
Cuando se habla de tribus se hace referencia tanto a las tribus étnicas (latinos, sabinos y etruscos) que habrían dado origen a la ciudad estado.
  • iii. Los etruscos. Su influencia.
Los etruscos eran en tiempos de la fundación de Roma el pueblo más fuerte, dominaban el conocimiento de la utilización bélica del hierro, tenían una organización política y militar muy superior a la de los romanos
El origen de este pueblo es una verdadera incógnita, de lo que si se está seguro es que no son indoeuropeos y, que seguramente, su procedencia corresponde a lugares donde se desarrolló el modelo de revolución urbana oriental. De allí que su influencia en el posterior desarrollo de la civitas romana es fundamental y explicaría por qué una polis indoeuropea similar a Atenas termino convertida en un gigantesco imperio.
Los etruscos dominaron a los romanos durante un cierto tiempo hasta que todos se integraron en una sola organización política.
  • iv. Teorías diversas sobre el origen de patricios y plebeyos
El origen de Patricios y Plebeyos
• Importancia fundamental en la historia de la naciente ciudad de Roma va a tener la diferenciación tajante entre dos grupos sociales, que mencionan tanto la historia legendaria como la científica.
Teoría basadas en la historia legendaria ? Los patricios serían los herederos de los 100 senadores designados por Rómulo.
Teoría basadas en condiciones sociales ? Los descendientes de los miembros de las gens son patricios y los de los clients son plebeyos.
Teoría basada en procesos militares ? Los descendientes de los primitivos romanos son patricios y los descendientes e los pueblos derrotados en las afueras de Roma son plebeyos.
Conclusiones:
  • a) Patricios y plebeyos habitaban distintos barrios en Roma.
  • b) Originariamente no tenían los mismos dioses
  • c) Los plebeyos tenían una condición cívica y social inferior.
  • d) Los plebeyos eran un grupo numéricamente mayor y abierto a incorporaciones y los patricios no.
Con todos estos elementos puede establecerse una teoría mixta: que los patricios eran descendientes de los primitivos habitantes de Roma, que los plebeyos fueron poblaciones desarraigadas y establecidas en las afueras de Roma para poder controlarlas y que los hombres que se incorporaban a Roma lo hacían como plebeyos.
  • v. Periodización de la historia de Roma
Tradicionalmente se ha dividido la historia de Roma en tres partes:
1° etapaMonarquía, que terminaría con la caída del último Rex (509 A.C)
2°etapa. Republica, que terminaría con la asunción al poder de Augusto (año 27 A.C)
3° etapa. Imperio, que terminaría con la caída del último emperador de Occidente, Rómulo Augustulo.
Otra clasificación llama a la primera etapa "ciudad quiritaria", a la segunda "res-publica", a la tercera "principado" y a la cuarta "dominado".
La primera etapa, "ciudad quiritada", se caracteriza porque durante ese periodo el poder residía realmente en los quirites (patricios) y no en los reyes. Por eso es que esta etapa termina con la definitiva incorporación política de los plebeyos, al acceder estos a las magistraturas superiores.
La "res-publica" comienza con la integración patricio-plebeya y termina con la suma del poder público por parte de Augusto.
La tercera etapa se denomina "Principado" porque durante esta etapa el poder es ejercido por un ciudadano que es (en teoría) igual a los demás y solo el "principal entre iguales".
La última etapa, denominada, "Dominado" comienza a partir de la asunción de Diocleciano, al concluir la crisis del siglo III y se la llama así porque el poder queda depositado en el Emperador que es el "señor" (dominus) y que gobierna sobre sus súbditos.

La monarquía. Historia política y constitucional

La monarquía comienza con la fundación de Roma fijada por los historiadores en el año 753 A.C y finaliza con la derrota de Tarquino el Soberbio, último rey de origen etrusco, en el año 509 A.C. La posición tradicional señala ese año como el del comienzo de la república.
Poderes del Rex ? Es el supremo sacerdote de la comunidad tiene los auspicia y dirige los sacra. Regula toda la vida religiosa, interpreta a los dioses, bajo su dirección están los colegios de sacerdotes. Nombra a los sacerdotes y a los auxiliares del poder real. Dirige la defensa y comanda las fuerzas militares. Representa a la comunidad en su relación con otros estados: declara la guerra, acuerda la paz y alianzas con otros pueblos. Organiza las civitas, mantiene el orden interno, distribuye el ager publicis, interpreta el derecho, tiene funciones jurisdiccionales.
  • i. El Rex. Poderes y características.
Entre los poderes del rex, podemos mencionar:
  • 1) Es el supremo sacerdote de la comunidad, regula toda la vida religiosa de la ciudad; es el interprete de los dioses. Bajo su dirección están los colegios de sacerdotes que lo ayudan con sus funciones.
  • 2) Nombra a los sacerdotes y a los auxiliares del poder real.
  • 3) Dirige la defensa y comanda las fuerzas militares
  • 4) Representa a la comunidad en su relación con otros Estados: declara la guerra y acuerda la paz y alianzas con otros pueblos.
  • 5) Organiza la civitas.
  • 6) Mantiene el orden interno y tiene el uso de la coercitio para compeler con castigos a los que no acatan sus órdenes.
  • 7) Es el intérprete del derecho, ya que señala la norma jurídica aplicable.
  • 8) Tiene funciones jurisdiccionales: se encuentra a su cargo la represión penal de los delitos que afecten las relaciones con los dioses, y la paz y seguridad del Estado.
Características de la monarquía romana.
  • 1. Es vitalicia e irresponsable: como el rex detenta el cargo hasta su muerte, no debe rendir cuentas de sus actos.
  • 2. Monocratica: el rex no tiene colegas, solo colaboradores.
  • 3. Sagrada: todo ataque contra el rex es considerado un sacrilegio.
  • 4. Probablemente no hereditaria: Muerto el rex, los auspicios volvía al senado, quien elegía a uno entre ellos para que, por el termino de cinco días, ejerciera el imperium con el nombre de interrex, que luego entregaba el poder a otro pater por igual termino, y así sucesivamente hasta que reunidos los comicios curiados, el interrex de turno proponía un nuevo rex.
  • ii. El imperium.
El poder del rey consistía en el imperium o autoridad suprema civil y militar, fundada en el derecho del rex para determinar por medio del auspicium cuál era la voluntad de los dioses (obviamente como él era el único que conocía la voluntad de los dioses era su voluntad la que se cumplía).
Imperium es un poder soberano, unitario, originario e ilimitado:
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Existieron dos fases en la monarquía romana: una fase latino-sabino y una fase etrusca. En la monarquía latino-sabina, el rex tenía una posición débil frente a la asamblea de paters respecto de los cuales era simplemente un principal entre pares; en cambio, en la fase etrusca el rey tenia mayores poderes basados fundamentalmente en el imperium.
Los distintos reyes ? Rómulo de origen latino, el primer Rex de Roma, organizo el senado como órgano consultivo de la autoridad del monarca y fijo a 100 los senadores, estableció la base de la asamblea popular, los comicios curiados.
Numa Pompilio ? Fue el sucesor de Rómulo, origen sabino, se le atribuye haber creado organizaciones religiosas y creadas los primeros colegios sacerdotales.
Tulio Hostilio ? Fue un Rex salvaje y guerrero, se le adjudica la destrucción de Alba Longa.
Anco Marcio ? Personaje contradictorio, construyo un puerto para una población que no tenia barcos.
Tarquino el Antiguo ? Gobernó sin consultar ni al senado ni al pueblo, poca popularidad.
Servio Tulio ? Rey adorado por el pueblo, reestructura la asamblea popular, los comicios organizados en base a la riqueza, murió asesinado por el esposo de su hija , ( Tarquino el Soberbio).
Tarquino el Soberbio ? 7º y ultimo Rex, no consulto ni a los comicios ni al senado, no querido por el pueblo, termina su mandato con una revuelta popular.
  • iii. El senado en la monarquía.
El senado, en la primera parte del periodo monárquico, era un consejo de asesores del rex, sus miembros pertenecían a las familias más nobles y ricas que habían surgido cuando desaparecieron las gens. Eran designados por el rex.
Si bien el nombramiento de senadores era competencia del rey, no se trataba de un acto arbitrario, sino que debía estar basado en ciertas tradiciones consuetudinarias.
Los senadores eran titulares permanentes de los auspicia (privilegio de interpretar el sentir de la divinidad con respecto a los acontecimientos) y de la auctoritas que era la capacidad de dar sanción ritual a los actos.
La función consultiva del Senado no obligaba al rey y este no estaba obligado a pedir su parecer.
Los colegios Sacerdotales ? Se originan en el ordenamiento gentilicio y federativo, junto al rey conformaban los poderes religiosos, actuaban como intermediarios entre el rey y los dioses. Los colegios sacerdotales continuaron siendo exclusivamente por patricios.
  • A)  El colegio de los Augures ? Era el depositario de la doctrina de los auspicios y augurios, principio fundamental del derecho romano imponía
  • B) al rex y a los magistrados que lo sucedieron, el ejercicio de los auspicia antes de tomar decisiones si bien no estaban obligados a proceder conforme a ellos. Los augures asesoraban al rex y magistrados. Los auspicios se realizaban mediante la lectura de un espacio al cielo.
  • C) El colegio de los pontífices ? Eran custodios e interpretes de la tradición, obraban sus precedentes en lo religioso, ritual jurídico e histórico. Aconsejaban al rey sobre rituales, intereses políticos -religiosos. Precedido por el pontifex Maximus, amplia esfera de acción.
  • D) El colegio de los feciales ? Se encargaban de los aspectos ceremoniales y religiosos, de las relaciones internacionales. De la guerra de la paz y la fijación de limites.
  • iv. División territorial de la ciudad. Las cuatro tribus.
Se atribuye a Servio Tulio la división de la población en unidades domiciliarias llamadas tribus, reforma orientada a incluir a pobladores que no estaban encuadrados en las gentes. Esta organización barrial en tribus, daría a la plebe su primera estructura para la lucha política que mantuvo con el patriciado.
Servio Tulio habría sustituido las tres antiguas tribus por nuevas tribus de carácter territorial. Primeramente habría creado las cuatro tribus domiciliarias urbanas, que eran distritos político-administrativos en los que los ciudadanos estaban agrupados de acuerdo con su domicilio.
Posteriormente, en tiempos republicanos, creo las tribus rusticas donde el criterio de pertenencia fue el de la propiedad fundiaria, por lo que los ciudadanos eran inscriptos en el distrito rural donde estaban ubicados sus fundos. Los que carecían de tierras eran inscriptos en algunas de las cuatro tribus urbanas.
  • v. Conflicto político del rex con los patricios. El fin de la monarquía.
El alzamiento contra Tarquino el Soberbio fue una reacción de los patricios contra el poder del rex, el derrocamiento del rex no presento un cambio radical en la constitución de Roma, el cargo del rex quedo reducido a cuestiones religiosas. Los poderes que había tenido el rex fueron controlados por la aristocracia patricia luego del derrocamiento de Tarquino el Soberbio.

La res pública, historia política y constitucional

  • i. Comienzo de la res publica. El conflicto plebeyo. La integración.
Al caer el último rex la situación social de Roma presentaba una división tajante entre patricios y plebeyos. Los patricios ejercían los cargos políticos y religiosos, reservaban para si las tierras públicas que iban conquistando y supervisaban las actividades de los plebeyos.
Contra esa situación de desigualdad, los plebeyos lucharon para alcanzar el mismo status jurídico y político.
El conflicto entre patricios y plebeyos no llego nunca a la ruptura definitiva, por el accionar inteligente de los tribunos de la plebe y la flexibilidad de los patricios para ir cediendo sucesivas conquistas cuando la situación se les iba de control. Los plebeyos utilizaron como armas de lucha social la secesión (el retiro de la ciudad), la huelga (dejaba a la ciudad sin mano de obra) y la negativa a acudir a las armas (dejaba a la ciudad sin defensa). Los hitos más importantes de esta lucha fueron la designación de dos jefes de la plebe que recibieron el nombre de tribunos de la plebe, elegidos por los plebeyos, la elevación del número de esos tribunos a cuatro, la aprobación de la ley Valeria Horatia que consagro la inviolabilidad de los tribunos.
El proceso conquistas de los plebeyos continuo cuando estos lograron en el año 450 A.C que se dictara la famosa ley de las XII tablas, en el 445 A.C que se anulara la prohibición de matrimonios mixtos, en el 409 A.C que se eligieran cuestores plebeyos y en el 400 A.C que hubiera jefes militares plebeyos. Finalmente, en el año 367 A.C se dictó una disposición por medio de la cual los plebeyos lograron acceder al consulado y al reparto de tierras públicas.
La respublica historia política y constitucional ? A Roma se la llamo respublica por la unión de dos palabras (res: que significa cosa), publica (pueblo) cosas que le interesan al pueblo. Al caer el último rex, la situación social de roma presentaba una división tajante entre patricios y plebeyos. En el año 471 A.C. los plebeyos logran que se le reconozca el derecho de reunirse en comicios propios bajo el sistema de los comicios tribados pero sin la asistencia de los patricios. Estos comicios tomarían decisiones que se llamarían plebiscitos
  • ii. El populus y los comicios.
Populus se puede traducir como "conjunto de ciudadanos reunidos con las armas en mano". Tiene que haber sido en esas ocasiones (con la totalidad del pueblo reunido) que comenzaron a celebrarse los primeros comicios. Las primitivas formas de votar estaban ligadas a los gritos o ruidos que hacían los ciudadanos al entrechocar sus armas, ya fuera para aprobar o desaprobar una propuesta.
  • iii. Etapas de la evolución político-social de la respublica.
  • Etapa del perfeccionamiento de la integración patricia-plebeya: Durante este periodo los plebeyos consiguieron nombrar cada vez más magistrados y de esa manera fueron accediendo al Senado. En el año 287 A.C se dicta la lex Hortensia que equipara los plebiscitos a las leyes.
  • Etapa del apogeo de la Respublica: (287 A.C a 218 A.C), en este periodo las instituciones republicanas funcionan a la perfección.
  • Etapa de la expansión imperialista: Las instituciones republicanas comienzan a ser ineficientes en virtud de la magnitud del territorio que los romanos dominan.
  • Etapa de crisis de la Respublica (133 A.C a 49 A.C), por la ineficiencia de las instituciones políticas romanas se desata una severa crisis. Hasta su caída en el 49 A.C Julio Cesar concentra el poder en sus manos y se desatan las guerras civiles.
  • Etapa de las guerras civiles (49 A.C a 27 A.C). Primero Cesar se enfrenta a Pompeyo y lo derrota. Luego Cesar es asesinado y Octavio y Antonio se disputan el poder. Antonio busca el apoyo de la entonces reina de Egipto, Cleopatra, y es derrotado definitivamente en el año 31 A.C. Finalmente Octavio recibe del senado el título de Augusto.
  • iv. Expansión y organización del ámbito hegemónico romano dentro y fuera de la península italiana.
Los romanos anexaban los territorios que iban dominando al suyo. De esa forma la civitas fue creciendo hasta que casi toda Italia termino formando parte de la ciudad-estado Roma y sus habitantes finalmente fueron todos ciudadanos romanos plenos.
  • v. Las magistraturas. Clasificaciones. El cursus honorum. Funciones y características de cada magistratura.
Son ordinarias las magistraturas que forman parte de la estructura constitucional de Roma en forma permanente, es decir que integran "el orden republicano", como la cuestura, el edilato, la pretura, el consulado y la censura. Las magistraturas extraordinarias son aquellas que, si bien son constitucionales, solo aparecen en casos excepcionales, como ladictadura.
Se llama "mayores" a las magistraturas que podían consultar los auspicios de los dioses, y son la dictadura, el consulado, la censura y la pretura; denominándose "menores" a las restantes, que no tienen ese privilegio.
Magistraturas "curules" son las que otorgan a los ciudadanos que las detentan el honor de sentarse en una silla llamada "curul", privilegio reservado a las magistraturas mayores y también al edilato curul; siendo las restantes las no "curules".
Son magistraturas plebeyas aquellas cuyos integrantes son elegidos en comicios donde votan únicamente los plebeyos y son ellas el tribunado y el edilato plebeyo. Las otras son magistraturas del pueblo romano.
Durante la republica las magistraturas estaban organizadas siguiendo una carrera que recibe el nombre de "cursus honorum". El cursus honorum es un régimen que condiciona, gradúa y ordena el acceso a las distintas magistraturas. Algunas características del cursus honorum son: a) no se pueden desempeñar dos magistraturas ordinarias simultáneamente; b) para asumir nuevamente la misma magistratura deben haber transcurrido diez años; c) entre el ejercicio de dos magistraturas curules distintas deben transcurrir dos años; d) la edad mínima para acceder a una magistratura curul es de 27 años, y siempre que se hayan cumplido diez años de servicio militar; e) el orden en que debía accederse a las magistraturas era el siguiente: edilato, cuestura, pretura, consulado y censura.
Las características comunes de todas las magistraturas son:
  • 1. Gratuidad: Los romanos entendían que la función pública era un honor por lo que no correspondía que se percibiera ninguna retribución por su ejercicio.
  • 2. Responsabilidad: Una vez finalizado el periodo durante el cual se desempeñaba el cargo, el magistrado debía responder moral y legalmente por sus actos.
  • 3. Periodicidad: Todos los magistrados eran elegidos por ciertos periodos de tiempo. La regla era la anualidad (ediles, cuestores, pretores y cónsules) y las excepciones la constituían la censura (18 meses) y la dictadura (6 meses).
  • 4. Colegialidad: Las magistraturas estaban siempre desempeñadas por o más titulares. Cada colega mantenía siempre el intercessio (poder de veto), por lo que si la decisión de uno de ellos no coincidía con su colega, bastaba con que este se opusiera para nulificarla. La única magistratura que quedaba fuera de esta característica era la dictadura.
  • 5. Electividad: El único magistrado que no era elegido por el pueblo, sino por el cónsul con aprobación del senado era el dictador.
Las funciones de cada magistratura eran las siguientes:
  • 1. La dictadura es una magistratura extraordinaria, mayor, no colegiada ni electiva. El dictador era designado por el cónsul con aprobación del senado ante una circunstancia particularmente grave y dura 6 meses.
  • 2. El consulado era una magistratura ordinaria, mayor, con imperio. Convocaba y presidia al senado y los comicios y era elegido por los comicios centuriados.
  • 3. La pretura era una magistratura ordinaria, mayor, con imperio y aparece como colega menor de los cónsules cumpliendo funciones militares. Eran elegidos por los comicios centuriados.
  • 4. La cuestura era una magistratura ordinaria, menor, con imperio y con funciones de policía, por lo que estaba facultada para imponer multas como así también a establecer reglamentos comerciales y normas de convivencia.
  • 5. El edilato es una magistratura ordinaria, menor, sin imperio. Organizaban los juegos públicos, vigilaban los mercados y los precios, cuidaban los edificios públicos, etc. Había dos ediles curules elegidos por los comicios tribados y otros dos plebeyos elegidos a través del concilio de la plebe.



  • 6. La censura era la magistratura mas atípica ya que, siendo ordinaria y mayor, no tenía imperio y duraba un año y medio, pero se elegía cada cinco. La principal de sus funciones consistía en realizar la lectio senatus (lista de los miembros del senado). Los censores no estaban subordinados a ninguna clase de interccessio.
  • vi. El tribuno de la plebe. El anti poder. Facultades, prerrogativas y funciones.

  • El tribuno era inviolable, estaba más allá del cualquier magistrado. Quien osara agraviarlo se convertía en una especie de "muerte político" porque nadie seria castigado si vengaba a un tribuno. Podía extender esa inviolabilidad a cualquier perseguido, que a su juicio, fuera perseguido injustamente, dándole una especie de asilo (auxilium). Tenía la facultad de vetar (intercessio) la decisión de cualquier magistrado, inclusive una decisión del senado. Mediante la coercitio, podía punir a cualquier persona que lo turbara en sus funciones. El tribuno no tiene mando de tropas ni imperium, pero puede impedir todo. No formaba parte del cursus honorum y las características en común con las otras magistraturas eran la anualidad y la gratuidad.
    • vii. El senado: composición. Funcionamiento. Su función como reservorio de experiencia política. Atribuciones.
    El senado romano existió desde los primeros tiempos de la aldea hasta el final del Imperio, pero solo durante la monarquía y la republica tuvo real importancia. A partir de la lex ovinia el senado quedo integrado por ex magistrado, sin importar si eran patricios o plebeyos. Es decir, que para ser senador solo se exigía haber sido magistrado y no merecer la tacha censoria.
    El mecanismo para ser senador era el siguiente: cada cinco años los censores hacían una lista (lectio senatus) en la que se incorporaba a todos los senadores de la lista anterior y a los que hubieran ejercido alguna magistratura en los últimos cinco años.
    El senado republicano no tenía lugar ni día fijo de reunión, como tampoco un número mínimo de asistentes (quorum) para sesionar y lo hacía cuando algún magistrado lo convocaba. Una vez reunido el senado, el magistrado le explicaba el motivo de la reunión y luego por orden de importancia de la magistratura ejercida y antigüedad en el senado cada senador hacia uso de la palabra
    El senado republica era un reservorio de experiencia política al que los magistrados consultaban cuando les parecía necesario.
    • viii. Los comicios: funciones, características y composición de cada uno de ellos.
    La republica romana no llego a ser una democracia en el sentido actual del termino ya que:
    • a) No todos los ciudadanos tenían derecho al voto.
    • b) El voto tenía un valor relativo desigual, ya que el ciudadano votaba dentro de un grupo y la decisión mayoritaria de esa unidad valía por un voto en el cómputo del comicio.
    • c) Las asambleas populares dependían siempre de la iniciativa de los magistrados, tanto para su convocatoria como en la propuesta del proyecto de ley.
    Los comicios centuriados eran convocados con 30 días de anticipación y los comicios tribados y los concilia plebe con 24 días de anticipación.
    Los comicios curiados: Tienen su origen en la época de la monarquía, sobreviven en la época de republicana pero con funciones muy restringidas. El pueblo fue dividido en 30 curias y estas fueron agrupadas, de diez en diez, en tres tribus. La reunión de los integrantes de las curias dio origen a los comicios curiados. El voto de cada curia era determinado por el voto de la mayoría de sus miembros.
    Los comicios centuriados: Estos comicios fueron organizados sobre el principio gerontocratico y timocrático.
    De acuerdo con la riqueza, los ciudadanos fueron divididos en clases a las que se le asigno determinado número de centurias.
    Competencia electoral: Los magistrados mayores eran elegidos por los comicios centuriados.
    Competencia judicial: Cuando el magistrado daba su sentencia condenando a la pena capital, el acusado apelaba al pueblo.
    La votación en los comicios centuriados se llevaba a cabo jerárquicamente por clases. En primer lugar, votaban los caballeros; a estos seguían las 80 centurias de la primera clase. Sin con ellas no se lograba la mayoría absoluta, se llamaba, sucesivamente y en la medida necesaria, a las clases inferiores.
    Comicios tribados: En un principio la población fue dividida en cuatro tribus urbanas, en las que los ciudadanos estaban agrupados según el domicilio. Luego se crearon las tribus rurales y los ciudadanos eran inscriptos en el distrito rural donde estaba ubicado su fundo.
    Los magistrados menores, como los cuestores y los ediles curules, eran elegidos los comicios tribados
    Los concilio de la plebe: En principio, las resoluciones de los concilia plebe eran obligatorias solo para la plebe. Luego cuando la plebe quedo integrado a la respublica, los plebiscitos fueron obligatorios para toda la ciudadanía y se equipararon a las leyes sancionadas por los comicios.
    Los concilios de la plebe son convocados y presididos por un tribuno o por edil de la plebe. La convocatoria se hacía en forma oral y se votaba por tribus.

    El principado: historia política y constitucional

    • i. Augusto: proceso de acumulación de poder
    Octavio venció a Marco Antonio y quedo como único heredero del prestigio de Julio Cesar. En el año 27 C.C recibió del senado el título de Augusto y restaurador de Roma. Recibió también la potestas tribunicia, lo que lo convirtió en inviolable y le permitió utilizar la intercessio contra las decisiones de cualquier órgano. Por la potestad censoria podía designar a los miembros del senado y removerlos cuando quisiera y por ser pontífice máximo controlaba toda la vida religiosa de Roma. Además:
    • Dirigía la política exterior.
    • Podía legislar mediante el dictado de disposiciones que recibieron el nombre común de constituciones.
    • Tenía el control de la política financiera y económica incluyendo la emisión de moneda.
    • Designaba a los magistrados.
    • Tenía el absoluto control de las fuerzas militares.
    Estas facultades y prerrogativas fueron en principio otorgadas a Augusto pero luego se extendieron a sus sucesores, consolidándose un sistema de gobierno que se denominó "principado".
    5. El principado. Historia política y constitucional 5.1. Augusto, proceso de acumulación de poder. Dinastías durante el período. La pax romana. Límites máximos del Imperio Romano. La crisis del siglo III. 5.2. La naturaleza jurídico-política del principado: diversas teorías. Los poderes del princeps. Decadencia de los antiguos órganos republicanos. 5.3. Ciudadanía y clases sociales durante el principado. 5.4. Organización del ámbito hegemónico romano. Territorios del princeps y distintas clases de provincias. 5.5. Sistema financiero durante la República y el Principado: los publícanos y el erario. Munera; distintas clases. Evolución del sistema durante el Dominado.
    La expansión produjo el enriquecimiento de un nuevo orden social (caballeros) que se dedicaron al comercio mediterraneo, los agricultores perdieron sus campos, por eso se despoblaron y los campesinos fueron reemplazados por esclavos, los desocupados emigraron a roma. Aparecio la cuestión social y la decadencia de las elites dirigentes, se trato de solucionar esto mediante mediadas políticas y económicas con Tiberio y Graco (distribución de tierras). La imposibilidad de terminar con las luchas sociales llevo a las guerras civiles en las cuales se trato de instaurar una dictadura perpetua o reforma militar, otros como Cesar o Pompeyo trataron de armonizar las ordenes senatoriales o rescatar valores antiguos republicanos, se propuso la formación de un triunvirato con tres bloques en la cual se encontraba Cesar, los senadores que conformaban esto estaban peleados y mandaron a matar a Cesar, dejando al poder a Augusto, el cual forma una tropa militar y vence a uno de los senadores, crea un sistema republicano dirigido por una autoridad militar. El senado le otorga el titulo de Augustus que es el elegido por los dioses, y poderes para nombrar el senado y proponer funcionarios públicos. Augusto logro expandir el imperio romano y se encargo de embellecer roma construyendo monumentos, pacificando roma, logrando concentrar el poder, obtuvo distintos títulos, implemento el culto al emperador donde mediante un rito se adoraba a roma, así logra afianzar el poder, convirtiendo el culto privado en público. El Principado fue una monarquía colegiada, a la cual sucede el Dominado, que se va a caracterizar por ser una monarquía absoluta, sin asociados al gobierno, a diferencia del principado, que es una democracia autoritaria. El Principado evolucionó notoriamente hacia una autocracia fundada en el poder militar desde Augusto hasta Diocleciano.
    La primera clase era la de los honestiores, integrada por senadores y los caballeros. Para pertenecer a esta clase debía mostrar una grande riqueza.
    Y la otra eran los humiliores, eran los miembros de la aristocracia local y de la burguesía.
    6. El Dominado: historia política y constitucional 6.1.  Naturaleza jurídica del  Dominado.  Reformas  de Dioclesiano. Influencia de Constantino. El imperio dividido Los bárbaros ´ la caída del Imperio Romano de Occidente.
    6.2. La burocracia imperial durante el Dominado. Papel de las magistraturas y de los senadores. El defensor civitatis. 6.3. Ciudadanía y clases sociales durante el Dominado. Principales características del sistema clasístico. Los colones. 6.4. La caída del Imperio Romano. Teorías sobre sus causas, mecanismo y consecuencias.
    En este periodo el emperador es el señor absoluto, este no rinde cuentas a nadie de sus actos,  y que gobernara hasta su muerte o voluntaria abdicación, sin límite alguno.
    Se desarrolla desde el año 285, hasta el año 476 en Occidente y hasta el año 565 en Oriente.
    Características:
    -En lo político, es un régimen absoluto, dinástico y con fundamentos teocráticos
    - En la estructura imperial, una equiparación de todas las regiones del imperio, configurándose un estado universal.
    -En lo administrativo, una separación entre la militia civil- burocracia desarrollada- y la militia amata, un ejército enteramente profesional, a cuyo mando tendrán acceso los bárbaros.
    -En lo social, rígida división en clases sociales y un sistema de castas obligatorias y hereditarias.
    -En lo económico, sistema de impuestos y contribuciones y el regreso de una economía agraria
    -En lo político-social, se concentra el poder en los grandes latifundistas.
    Generalmente se presenta al dominado como el resultado de las reformas de Diocleciano y Constantino, y estos son sus argumentos:
    En la llamada tetrarquia de Diocleciano no hay una ruptura tajante con las concepciones romanas de la elección de sucesor, su asociación al poder, el concepto unitario de imperium y el de provincia, como esfera de competencia en el ámbito de aquel. Se trataba de una combinación de monarquía colegiada y finalidad militar.
    Diocleciano intento restaurar la romanizad y combatió las tendencias orientales y helenísticas, a diferencia de Constantino que si las acepto y las consolido.
    Dioclesiano adopto medidas para contener la decadencia creando una tetrarquía, un sistema político en el cual el emperador gobernaba con la ayuda de augustus que se encargaban de la administración de la otra parte en la cual se dividia administrativamente el imperio, esta reforma se complementa con dos sucesores llamados cesares y estableció una base teocrática llamada dominado, en el cual el emperador era el señor y dios de los romanos, también implemento una restauración en las provincias al mando de vicarios. El sistema republicano se trasformo en una monarquía de base oriental.
    En un principio el emperador Diocleciano mantuvo la tolerancia religiosa y la sustentación mística de su poder personal. La resistencia de los cristianos a los requerimientos de Diocleciano desato una terrible persecución religiosa. En cambio Constantino, integro a la Iglesia Cristiana al estado.
    -Ambos emperadores coincidieron en la tendencia a la autocracia, a la centralización burocrática, a la subdivisión territorial en provincias, a la separación de las funciones civiles de las militares, a terminar con las magistraturas republicanas y con la distinción entre la clase senatorial y ecuestre.
    El gran innovador será Constantino, con su concepción de una monarquía absoluta sobre base teocratita, quien ligara al Cristianismo con el poder político, iniciando con lo que se conoció como cesaro-papismo.
    En tiempos del dominado, el imperio quedo dividido en dos o más partes. Cuando murió Teodosio el Grande, en el año 395, distribuyo el imperio entre sus dos hijos, dejando a Arcadio, la parte oriental y a Honorio la occidental. Las razones que llevo a la separación fue por la oportunidad política, por exigencias dinásticas, y porque resultaba más conveniente para la defensa de las fronteras.
    Hasta el año 438, las constituciones imperiales emanadas de uno de los emperadores valían también para la otra parte del imperio, por lo que, la exigencia de dos o más titulares, significaba un ejercicio colegiado del poder y no una división.
    Los bárbaros entraron al servicio de las armas. Los mercenarios bárbaros ingresaban en forma individual a los cuerpos auxiliares, ya que los comandantes y la alta oficialidad eran hombres de la clase senatorial y ecuestre.
    Pueblos enteros de bárbaros se instalaron como federados.
    Fuera de los límites del imperio, la presencia de los hunos - nómades tártaros- desencadenó una serie de desplazamientos que provocaron las grandes migraciones de los pueblos que estaban en las fronteras, ya que, al abrirse paso por la estepa rusa, los hunos dislocaron el reino germánico de los ostrogodos en el 375. Los ostrogodos presionaron a los visigodos que consiguieron asilo en el imperio romano.
    La parte oriental, de mejor infraestructura económica, consiguió detener a los bárbaros, a veces derrotándolos, otros pagándoles tributo.
    En la parte occidental, los bárbaros se instalaron como federados, y actuaron reconociendo un poder imperial cada vez mas debilitado. A mediados del siglo V, los bárbaros quedaron dueños de la situación, hasta el derrocamiento de Rómulo Augustulo en el año 476.
    A fines del principado había desaparecido la edilidad y el tribunado.
    El senado solo conservaba el prestigio social. Presidido por el praefectus urbi, servia para dar carácter publico a las decisiones de índole legislativa que tomaba el emperador.
    En oriente se creo otro senado. Había dos categorías: los efectivos y los honorarios. Solo los primeros integraban el cuerpo; los segundos gozaban del titulo honorífico.
    El defensor civitatis era nombrado por el prefecto del Pretorio de entre las personas con costumbres irreprochables, que hubieran ejercido funciones administrativas y judiciales. Al principio, se dispuso que fuera elegido por cada ciudad y confirmado por el prefecto del pretorio. Su nombramiento fue en forma vitalicia, pero luego, se redujo a cinco años y mas tarde a dos años. Tuvo la supervisión de la administración y del ejercicio jurisdiccional y la misión de proteger a los humildes contra los abusos de magistrados y de la clase social más alta.
    En las ciudadanías hay una rígida división de clases sociales y un sistema de castas profesionales, obligatorias y hereditarias. Los factores que influyeron a esta situación:
    -La decadencia del sistema esclavistico, que trajo como consecuencia la reducción de mano de obra, lo que hizo que se creara nuevas fuerzas de trabajos.
    -el estado podía exigir prestaciones personales, además de las patrimoniales.
    -el crecimiento de la burocracia y del ejercito impuso un peso económico desproporcionado con las reales posibilidades de la población.
    En el sistema clasistico se mantiene la división entre honestiores y humiliores. Dentro de los honestiores había subclases jerarquizadas, en cambio, dentro de los humiliores, las castas no encestaban jerarquizadas entre si, sino, yuxtapuestas.
    Los colonos.
    -         es un vínculo obligatorio y perpetuo entre la tierra perteneciente a un propietario y el campesino que la cultivaba.
    -         La calidad del colono se adquiría: por nacimiento, por prescripción, por contrato inscripto en los registros municipales, por pena.
    -         Mantenía su capacidad jurídica, salvo en su libertad de trabajo y de domicilio.
    -         Gozaba del connubium, pero llego a tener que casarse con una colona del mismo dominio.
    -         Gozaba del commercium, pero sus bienes garantizaban el pago del canon al propietario.
    -         Tampoco podía ser separado del fundo por el propietario, ya que la tierra lo retenía y el retenía a la tierra.
    -         Tanto el colono como el propietario estaban sometidos a lex fundi, que determinaba la modalidad del cultivo y del canon que se debía abonar.
    La caída del imperio romano implica no solamente el derrumbe de una enorme y prolongada estructura política, sino el fin de una cultura -la helénica- y define el paso de la edad antigua a la edad media.
    Causas estructurales o endógenas:
    1º.    Espirituales y morales:Los escritores cristianos decían que las causas de la ruina se debía a los excesos cometidos por los romanos y que era un castigo celestial.
    2º.    Políticas internas: se destaca el problema de la sucesión imperial. Podemos ver la asociación-adopción, en el comienzo del principado, en donde el príncipe adoptaba a quien quería que lo sucediera y lo hacía participe del poder; la designación diferida de un sucesor; la tetrarquia instaurada por Diocleciano; el principio dinástico establecido por Constantino y continuado por Teodosio.
    3º.    Causas demográficas: la insuficiencia de población.
    4º.    Causas económicas: la política monetaria, que produjo inflaciones y una restricción en los medios de pagos en especie.
    5º.    Causas tecnológicas: el poseer mano de obra gratuita (esclavos) y en cantidad se desentendían de su labor y no tenían la iniciativa para mejorar la técnica del trabajo que realizaban.
    6º.    Causas socio-culturales: la declinación de la civilización urbana grecorromana y la gradual barbarizacion de la población urbana.
    Causas externas o exógenas:
    1º.    Causas políticas externas: la acumulación de  más pueblos.
    2º.    Causas ecológicas y climáticas: el empobrecimiento del suelo y la imposibilidad de producir alimentos.
    Parte 2:

    Origen y fuente del Derecho Romano

    El derecho Romano: Según Arangio-Ruiz el derecho romano es el ordenamiento jurídico vigente en las diversas épocas de la historia romana, Iglesias dice " es el derecho elaborado por el pueblo de roma en las varias épocas de su historia. Llamamos derecho romano al sistema jurídico elaborado por los romanos, recopilado por Justiniano, sistematizado y actualizado por las escuelas romanas, recepcionado por las codificaciones modernas, y que sirve como denominador jurídico y cultural de la mayoría de los pueblos de la tierra.
    Concepto de fuente formal del derecho romano según Gallo.
    • Fuentes de derecho ? Todo aquello que origina la aparición de la norma jurídica, bajo amenaza de sanción jurídica. Fuentes materiales y las formales.
    • Fuentes materiales ? a todo aquello que influye sobre el legislador para que la norma tenga determinado contenido y no otro.
    • Fuentes Formales ? las maneras en que la norma jurídica llega a conocimiento de la comunidad, en el mundo de hoy las fuentes formales de derecho son ley, la jurisprudencia y la costumbre.
    • Lex ? Es lo que el pueblo manda y establece, se define a la lex como el resultado de un comicios.
    • Plebiscitos ? a lo que la plebe manda y establece, serian los resultados de los comicios, pero sin la intervención de los patricios, reservados solo a una parte del pueblo. Plebiscitum decisión de la plebe.
    • Senadoconsultos ? es lo que el senado manda y establezca, pero no es cualquier resolución del senado si no aquella donde interviene el emperador sobre cuestiones jurídicas
    • Constituciones de los Emperadores ? Son decisiones del emperador, ya que cada emperador recibe esa potestad de la lex por la que el pueblo lo designo.
    • Ejercicio del Ius Edicendi ? Algunos magistrados tenían la facultad de dar edictos, que era una forma de programa de gobiernos, el uso preponderante de esta fuente fue por parte de los pretores, luego asumido por los emperadores, como una forma de constitución imperial.
    • Respuestas de los Juristas ? Tenían la facultad de dar respuestas a consultas jurídicas, que se convertían en obligatorias para los jueces.
    • Las Mores Maiorum ? fueron fuente del derecho romano durante la etapa arcaica eran los modos de vida de los antepasados.
    Gallo inicia sus obras ? todos los pueblos están regidos por las leyes y las costumbres, es parte de un derecho común a todos, el derecho romano esta regido por su propio derecho y en parte por un derecho común al hombre.
    En cuanto a las normas jurídicas, la misma surge de las leyes, de los plebiscitos, de los senadoconsultos, de las constituciones imperiales, de los edictos.
    La ley (lex), es lo que ordena el pueblo y establece, el plebiscito es lo que la plebe ordena y establece, la plebs difiere de la populus, en que se llama populus a la totalidad de los ciudadanos, mientras que plebs a todos los ciudadanos menos los patricios.
    Concepto de Derecho Romano Arcaico Características
    • Derecho Arcaico ? rigió en Roma desde los momentos de la formación de la ciudad hasta la instauración de la Res Publica 367 a.c, la palabra arcaico proviene del griego, se debe a la antigüedad que nos impide al acceso a las fuentes de información, a la rigidez que aparece como común a los derechos primitivos.
    • Características ? Ritualismo ? hizo que el respeto a las normas fuera condición esencial de validez de los actos jurídicos.
    • Relativa Abstracción ? Genero un sistema de pensamientos que llevo normas cada vez mas abstractas y menos especificas, llamados hoy en día principios generales.
    • Innovación Estructurada ? Todas las innovaciones quedaban incorporadas a la estructura jurídica y no importaba un reemplazo de una norma por otra.
    • Verbalismo ? No tenia la característica de ser escrito, lo que facilito el desarrollo interpretativo del mismo.
    • Fuentes del Derecho Arcaico
    • Mores Maiorum ? Mores es el plural de la palabra "mos", se refiere a lo que llamamos costumbre jurídica y por el otro un modo de vivir. La palabra "maiorum" se refiere no a las personas mayores si no a sus antepasados.
    • Iurisprudentia ? fuente formal del derecho arcaico la actividad jurisprudencial.
    Las leyes regias
    • De la recopilación de Justiniano se refieren a la existencia de normas jurídicas provenientes de ciertas leyes dictadas en la monarquía, llamadas Leges Regiae. La doctrina acepta que cuando las fuentes justineanas mencionan a las Leyes Regias, se refieren a la compilación del mencionado Sexto Papiro, es decir algunas respuestas de los juristas.
    La ley de las VII Tablas
     Es una legislación, según la cual la sanción de la ley de las doce tablas es el fruto del reclamo efectuado por los plebeyos en el marco del conflicto que mantuvieron con los patricios a partir de la caída del Rex, los plebeyos se sentían perjudicados por la interpretación de las normas no escritas del colegio sacerdotal. Hay varias visiones sobre la historia de las 12 tablas.
    Derecho Preclásico
     Se conoce como Derecho Romano Clásico, que rigió durante el periodo anterior a nuestra era, que corresponde a la etapa republicana de Roma. Es donde encontramos las raíces más profundas de las instituciones romanas, consolidando los organismos del poder político, naciendo las nuevas fuentes del derecho, avanzando la tarea legislativa iniciada con la ley de las VII tablas y plebiscitos. La etapa del derecho pre clásico es el ius civile.
    Fuentes del Derecho Pre Clásico
    Rigió desde el año 367 A.C hasta el 27 A.C con la consolidación del poder de Augusto, etapa de la Republica. Se desarrollan 4 fuentes de derecho: La lex, El plebiscito, el Senadoconsulto y el Ius Honorarium.
    • La lex ? definida como gallo lo que el pueblo manda y establece, en roma el pueblo solo mandaba y establecía a través de los comicios. Había 3 clases de Lex
    Lex Regata ? El resultado de una sumatoria de voluntades; la del magistrado que proponía y la del pueblo que aprobaba. Era un acuerdo de voluntades, si el resultado de los comicios era negativo, no había lex. La doctrina distinguió 3 partes de la lex rogata ? la praescriptio, la rogatio y la sanctio.
    • Lex Data ? Era la que el magistrado que estaba a cargo de una provincia daba a la provincia, no podía ser rogada al pueblo por que el pueblo solo se pronunciaba en los comicios en la ciudad de Roma.
    • Lex Dicta ? Se dio a normas de incierta existencia.
    • Plebiscitos ? representaba el resultado de un comicios mucho más directo e igualitario que el centuriado que se utilizaba para las leges rogatae.



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